C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230331-32)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 133/2023, de 16 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de archivos correspondiente al año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 77

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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EXTRACTO de la Orden 133/2023, de 16 de marzo, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas a municipios de la Comunidad de Madrid en materia de
archivos correspondiente al año 2023.
BDNS (Identif.): 683596

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero
Beneficiarios
Los municipios de la Comunidad de Madrid que cumplan los siguientes requisitos
específicos en función de la subvención solicitada:
1.

Línea de adecuación de local de archivo:

a) Municipios con población igual o superior a 10.000 habitantes: Deberán contar
con personal técnico archivero.
b) Municipios con población inferior a 10.000 habitantes: En el caso de no tener el
personal técnico archivero exigido, la Secretaría debe asumir explícitamente la
gestión del servicio de archivo.
c) En ambos casos el local propuesto para ser adecuado como archivo deberá ser
considerado apto por el personal técnico de la Subdirección General de Archivos
y Gestión Documental.
2.

Línea de equipamiento de local de archivo:

a) El local que se pretende equipar deberá ser considerado apto por el personal técnico
de la Subdirección General de Archivos y Gestión Documental.
b) En el caso de solicitar ayuda para dispositivos de reproducción de documentos, el
Ayuntamiento deberá contar con personal técnico archivero.
c) En el caso de que el municipio no tuviera obligación de contar con personal técnico
archivero en razón del objeto de la subvención solicitada, el local que se pretende
equipar deberá estar ubicado en el edificio consistorial.
3. Línea de actuación de descripción de fondos documentales históricos:
a) Los municipios deberán tener una población inferior a 10.000 habitantes.
b) Los Ayuntamientos no dispondrán de personal técnico archivero.
Línea de actuación de restauración de documentos:

a) Los documentos a restaurar deberán contar con un documento de control en el que
conste, como mínimo, una breve descripción de estos y las fechas de los mismos.
b) Si el Ayuntamiento no contara con personal técnico archivero o no tuviera instalaciones adecuadas, los documentos originales restaurados quedarán depositados en
el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid hasta la desaparición de las causas que motivaron dicho depósito.

BOCM-20230331-32

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