C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230331-31)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 17 de marzo de 2023, para la encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y el Servicio Madrileño de Salud, a través de la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para desarrollar una nueva versión del aplicativo VIRAS de la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

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al instrumento de la encomienda de gestión, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la
Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la Dirección General de Salud Pública y el Servicio Madrileño de Salud,
ACUERDAN
Primero
Objeto de la encomienda
Por el presente Acuerdo, la Dirección General de Salud Pública encomienda al Servicio Madrileño de Salud, a través del Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, el desarrollo de una nueva versión del aplicativo VIRAS que permita recopilar
y analizar de forma homogénea la información relacionada con las IRAS de la Comunidad
de Madrid, mejorando los sistemas implicados y su interoperabilidad.
Segundo
Comunicaciones y seguimiento
La Dirección General de Salud Pública, a través de la Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública, dará las instrucciones y establecerá los requisitos o condiciones a
la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital para la adecuada realización del objeto encomendado.
La Dirección General de Salud Pública, a través de la Subdirección General de Vigilancia en Salud Pública, se encargará de realizar periódicamente el seguimiento y la evaluación del grado de consecución de los objetivos marcados por el Ministerio de Sanidad.
Tercero
1. El Servicio Madrileño de Salud, a través de la Dirección General de Sistemas de
Información y Salud Digital se compromete a:
a) Aportar su conocimiento técnico y experiencia en la arquitectura tecnológica y desarrollo de aplicaciones informáticas en el ámbito sanitario.
b) Realizar el desarrollo de la nueva versión que, de soporte de la Vigilancia de las
Infecciones Relacionadas con la Asistencia Sanitaria (VIRAS), conforme a los requisitos e instrucciones dadas por la Dirección General de Salud Pública.
c) Justificar económicamente, en el plazo de tres meses desde la fecha de la transferencia del crédito al Ente Público, los gastos asociados a la relación de actuaciones realizadas durante el periodo y estado contable del crédito asignado al presente acuerdo.
d) Facilitar toda la información que le sea requerida y someterse a las actuaciones de
comprobación que puedan realizarse por la Dirección General de Salud Pública, y
a las de control de la actividad económico-financiera que correspondan a la Intervención y otros órganos, dentro de la gestión de fondos provenientes del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A tales efectos, deberá admitir la presencia de las personas que, formalmente sean
designadas por el titular de la Dirección General de Salud Pública, para realizar el
seguimiento y evaluación del estado de la encomienda y de los fondos asignados,
facilitándoles cuanta información y datos contables o de otro tipo, le sean solicitados a tal efecto.
e) Poner a disposición de la Dirección General de Salud Pública la información necesaria para la cumplimentación del seguimiento y evaluación requeridos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
f) Cumplir los protocolos establecidos para la ejecución del proyecto subvencionado
con fondos provenientes del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU”, y suscribir los documentos de declaración y compromiso que se requieran a tal fin por parte de los
participantes en el proyecto.

BOCM-20230331-31

Obligaciones de las partes