C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20230331-31)
Encomienda de gestión –  Acuerdo de 17 de marzo de 2023, para la encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y el Servicio Madrileño de Salud, a través de la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para desarrollar una nueva versión del aplicativo VIRAS de la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 77

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 31 DE MARZO DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Sanidad
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ACUERDO de 17 de marzo de 2023, para la encomienda de gestión entre la Dirección General de Salud Pública y el Servicio Madrileño de Salud, a través de
la Dirección General de Sistemas de Información y Salud Digital, para desarrollar una nueva versión del aplicativo VIRAS de la Red de Vigilancia Epidemiológica de la Comunidad de Madrid.
REUNIDOS

De una parte, D.a Elena Andradas Aragonés, Directora General de Salud Pública, nombrada por Decreto 37/2020, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno, actuando en virtud
de las competencias que le reconoce el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 13 del Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
De otra parte, D. Fernando Prados Roa, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria y Salud
Pública nombrado mediante el Decreto 104/2022, de 28 de septiembre, del Consejo de Gobierno, y Director General de Asistencia Sanitaria, en nombre y representación del Servicio Madrileño de Salud, actuando en virtud de las competencias que les otorga el artículo 4.3.b) de la Ley 8/1999, de 9 de abril y el artículo 23.2.a) del Decreto 24/2008, de 3 de
abril, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, en redacción dada por la disposición final primera del Decreto 66/2022, de 20
de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de
las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
De conformidad, asimismo, con el Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de
Administración del Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de la
Viceconsejería de Asistencia Sanitaria determinadas competencias, ratificado en su reunión
de 17 de junio de 2020.
EXPONEN

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud
prevé la elaboración conjunta de estrategias de salud por parte del Ministerio de Sanidad
(en su actual denominación) y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas,
en materia de salud pública, y estas actuaciones se encuadran ante la necesidad de dar respuesta a situaciones de especial riesgo o alarma para la salud pública.
La citada Ley 16/2003 confiere al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud la función de Conferencia Sectorial en relación con la aprobación de las estrategias de
salud, al ser el órgano permanente de coordinación e información de los servicios de salud
entre ellos y con la Administración del Estado, con la finalidad de promover la cohesión del
sistema Nacional de Salud.
En fecha 27 de julio de 2022 el pleno extraordinario del Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud (CISNS), aprobó el acuerdo de distribución de fondos a las comunidades autónomas para el sistema de información de la Red de Vigilancia en Salud Pública en el marco del componente 18 “Aumento de capacidades de respuesta ante crisis sanitarias” (C18.I3), del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno
de España.
En el reparto de estos fondos le corresponde a la Comunidad de Madrid 340.922,77
euros para la realización del proyecto “Mejora del Sistema de Vigilancia de las Infecciones
Relacionadas con la Asistencia Sanitaria y de la vigilancia de microorganismos resistentes
y de especial relevancia clínica en la Comunidad de Madrid. Interoperabilidad con sistemas
externos”.

BOCM-20230331-31

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