Pinto (BOCM-20230330-75)
Organización y funcionamiento. Reglamento honores y distinciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 76

El acuerdo del Pleno de la Corporación proponiendo los honores y distinciones previstos en este Reglamento se adoptará en sesión extraordinaria no remunerada convocada al
efecto para este único asunto, siendo necesario el voto favorable de la mayoría simple del
número legal de miembros de la Corporación.
Art. 20. 1. La entrega de las distinciones se efectuará por el alcalde/alcaldesa en
acto solemne y público con asistencia de la Corporación en Pleno.
2. En el supuesto que la persona o personas distinguidas no puedan acudir al acto solemne antes citado, dicha distinción podrá ser recogida por la persona o personas que designe a tal efecto.
3. En el caso de que las distinciones se otorgaran a título póstumo, en dicho supuesto la entrega se realizará en la persona de su cónyuge o persona ligada por igual relación de
afectividad, descendiente más directo, ascendiente más próximo, o, en su caso, heredero legal, debiendo acreditarse fehacientemente dicha condición.
Art. 21. 1. Un extracto de los acuerdos de la Corporación otorgando cualquiera de
las distinciones citadas deberá reflejarse en un libro registro electrónico, del que estará a
cargo la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento.
2. El libro registro estará dividido en tantas secciones como distinciones honoríficas
aparecen reguladas en este Reglamento. En cada una de las secciones, se inscribirán, por
orden cronológico de concesión, los nombres y circunstancias personales de cada una de las
personas favorecidas.
Art. 22. El Ayuntamiento podrá privar de las distinciones que son objeto de este Reglamento, cualquiera que sea la fecha en que hubieran sido conferidas, a quienes incurran
en comportamientos socialmente reprobables que aconsejen esta medida extrema, que supondrá la consiguiente cancelación del asiento en el Libro Registro.
El acuerdo de la Corporación en que se adopte esta medida irá precedido de la propuesta e informe reservado de la Alcaldía, y requerirá la mayoría simple de los miembros de la
corporación.
DISPOSIÓN DEROGATORIA.
Queda derogado de forma expresa el vigente Reglamento de Reglamento de Honores
y Distinciones.
DISPOSICION FINAL.

BOCM-20230330-75

Este Reglamento entrara en vigor el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Pinto, a 17 de marzo de 2023.—El alcalde, Juan Diego Ortiz González.
(03/4.836/23)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791