Madrid (BOCM-20230330-51)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación funciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 76

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 16 de marzo de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por
el que se avocan las competencias para la construcción de un nuevo edificio de uso administrativo en la parcela de Patrimonio del Estado ubicada en la calle del Padre Damián, número 52, con vuelta a la calle de Fray Bernardino Sahagún:
Por Resolución de 7 de septiembre de 2021 del Director General del Patrimonio del
Estado, se determina la composición del jurado del concurso en el contrato de “Servicios
de redacción de proyectos básico y de ejecución, dirección facultativa y trabajos complementarios de las obras del nuevo edificio de uso administrativo sito en la calle del Padre
Damián, número 52, de Madrid, mediante concurso de proyectos con intervención de jurado y premios”.
Por parte del Ayuntamiento de Madrid, a propuesta del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano se designaron como miembros del jurado al Director General de la Edificación y
al Jefe del Servicio de Licencias, actuando como vocal titular y suplente, respectivamente.
Una vez seleccionada en dicho concurso la propuesta arquitectónica más adecuada, la
Dirección General de Patrimonio del Estado ha comunicado al Ayuntamiento de Madrid la finalización del correspondiente proyecto básico, que fue informado favorablemente el pasado
mes de diciembre de 2022 por la Oficina de Supervisión de Proyectos dependientes de ese
centro directivo y la inmediata presentación de la correspondiente solicitud de licencia ante el
Ayuntamiento.
El ámbito objeto de las actuaciones es una parcela ubicada en la calle del Padre Damián, número 52, con vuelta a la calle de Fray Bernardino Sahagún, situada en el Distrito
de Chamartín, barrio de Nueva España, calificada como uso dotacional de Administración
Pública regulada por la Norma Zonal 5 grado 1.
La parcela figura en el Inventario General de Bienes y Derechos del Estado como bien
de titularidad estatal, de carácter demanial, afectado al Ministerio de Asuntos Exteriores,
Unión Europea y Cooperación.
Sobre esta parcela, se pretende solicitar la licencia urbanística de manera inmediata,
así como, el resto de las autorizaciones necesarias para la construcción y puesta en servicio
de un edificio de uso administrativo.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 4.o 2.4 a) 2.o y e) del Acuerdo de 25 de julio
de 2019, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, el Concejal Presidente del Distrito de Chamartín es competente para
tramitar y resolver la licencia urbanística que se solicite por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación sobre la parcela ubicada en la calle del Padre Damián, número 52, con vuelta a la calle de Fray Bernardino Sahagún, situada en el distrito
de Chamartín, para la construcción de un nuevo edificio de uso administrativo; resolver las
consultas urbanísticas comunes y especiales y emitir los informes de viabilidad urbanística; resolver las solicitudes de programas de autorización por partes autónomas de obras y
de autorizaciones parciales de funcionamiento; y emitir, cuando proceda, el acto de conformidad, certificación, aprobación o autorización administrativa o cualquier otra resolución
que corresponda en cada caso en los supuestos contemplados en el artículo 28 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, todo ello respecto de las actuaciones previstas en el apartado 4.o 2.4.a), b) y c).
Junto a ello, conforme al apartado 5.o 1.3.3, 1.3.5, 1.3.6.a), b) y c) y 1.3.8.a) del mismo acuerdo, el Coordinador del Distrito de Chamartín es competente para comprobar las
declaraciones responsables urbanísticas que se presenten para desarrollar actuaciones, en
los supuestos previstos en el apartado 4.o 2.4.a); dictar la resolución relativa a la pérdida o
inexistencia de efectos de las declaraciones responsables urbanísticas previstas en los pun-

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