D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230330-35)
Convenio –  Convenio de 14 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Patones, en materia de recogida y alojamiento de animales de compañía perdidos, abandonados y vagabundos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 76

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE MARZO DE 2023

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IV. Que para dar cobertura a la previsión establecida en la normativa citada es necesario concertar la realización de los servicios de recogida de animales de compañía perdidos, abandonados y vagabundos, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Patones ya que se trata de un municipio de menos de cinco mil habitantes que no puede llevar
a cabo el servicio de su competencia por no disponer de personal adiestrado y de instalaciones adecuadas para la captura y alojamiento de los animales abandonados perdidos y vagabundos de forma permanente.
Y en virtud de lo expuesto suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Dado que la entidad local firmante no dispone ni del personal ni de las instalaciones
adecuadas, el presente Convenio tiene por objeto encomendar a la Comunidad de Madrid la
gestión y ejecución de la normativa vigente en materia de recogida y alojamiento de animales perdidos, abandonados y vagabundos, todo ello dentro de ámbito territorial del citado
municipio, conforme a lo previsto en el artículo 20.2 de la Ley 4/2016, de 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid.

Tercera
Compromisos de la Comunidad de Madrid
La Comunidad de Madrid, se compromete a:
1. Recepcionar las solicitudes de recogida en el Centro Integral de Acogida de animales de Colmenar Viejo.
2. Recoger los animales alojados en las instalaciones municipales en un plazo máximo de 7 días naturales después de recibir el aviso.

BOCM-20230330-35

Segunda
Compromisos del Ayuntamiento de Patones
El Ilmo. Ayuntamiento de Patones se compromete a:
1. Localizar a aquellos animales de compañía que sean considerados perdidos, abandonados y vagabundos
2. Comprobar si el animal está identificado y en su caso gestionar la localización de
su propietario.
3. Solicitar la recogida de animales de compañía perdidos, abandonados y vagabundos al Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid a la mayor brevedad posible.
4. Hacerse cargo de los animales hasta el momento de la recogida, atendiendo sus necesidades básicas de alimentación, alojamiento y, si procede, asistencia veterinaria. Para ello,
el Ayuntamiento tendrá previsto un lugar donde alojar temporalmente a los animales, tendrá
concertado un servicio veterinario y tendrá designada una persona dentro del personal municipal que en caso de necesidad se haga cargo de ellos hasta el momento de su recogida.
5. Colaborar con el servicio de recogida del Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid en la carga y alojamiento de los animales en el vehículo de
transporte.
6. Realizar al menos una campaña anual de información sobre tenencia responsable,
fomento de la adopción, control de natalidad, etc.
7. Participar en la difusión de las campañas de promoción que realice la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
8. Realizar al menos una campaña anual de control de identificación de los animales
de compañía, informando a los propietarios de su obligatoriedad.
9. Establecer métodos de lucha contra el abandono y maltrato animal.
10. Asesorar a aquellos propietarios que, por causas debidamente justificadas, no
puedan seguir haciéndose cargo de sus animales.
11. Comunicar, dentro de los 31 primeros días naturales del año a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, las actuaciones llevadas en el Municipio
para el fomento de la Protección Animal, así como una memoria exhaustiva de las peticiones y recogidas efectuadas en su Municipio.