Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
47 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 902

MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 75

3. Criterios de valoración
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria serán valorados conforme a los criterios de carácter general establecidos en las bases (hasta 8 puntos), más los puntos que se
obtengan conforme a los criterios de valoración específicos.
Dentro de los criterios de valoración específicos se establecen diferentes criterios según la línea:
3.1. Criterios por línea 1. Actividades formativas de enseñanza del idioma.
TABLA 1
CONCEPTO Y/O ACTIVIDAD

MÁXIMO

Participación en el programa municipal de Lengua y Cultura Española u otros programas de enseñanza de español en
red del municipio

Hasta 9 puntos

Proyectos basados en voluntariado

Hasta 5 puntos

Proyectos que integren la línea 1 y 2

Hasta 4 puntos

Número de grupos a atender (entre 5 y 12 participantes)

2 puntos/grupo

Dotación de material didáctico adecuado para los alumnos

2 puntos/grupo

Financiación aportada por asociación

Hasta 2 puntos

Proyectos que contemplen factores de vulnerabilidad asociados al género

Hasta 2 puntos

Proyectos que incluyan además otras actividades para la inclusión de inmigrantes no incluidas en la convocatoria.

Hasta 4 puntos

3.2. Criterios línea 2. Actividades para la inclusión social, ciudadanía democrática y
sentido de pertenencia.
TABLA 2
CONCEPTO Y/O ACTIVIDAD

MÁXIMO

Proyectos que integren dos o más actividades de las señaladas en la línea 2 de la subvención

Hasta 2 puntos

Financiación aportada por la asociación

Hasta 4 puntos

Actividades dirigidas a población vulnerable o en riesgo de exclusión social

Hasta 6 puntos

Proyectos que contemplen factores de vulnerabilidad asociados al género

Hasta 2 puntos

Proyectos que desarrollen además otras actividades para la inclusión de inmigrantes.

Hasta 4 puntos

Actividades en colaboración con otras entidades sociales con fines similares

Hasta 4 puntos

Actividades de carácter inter-generacional

Hasta 4 puntos

Actividades realizadas con entidades locales de no migrantes

Hasta 6 puntos

Actividades a realizar en el espacio público

Hasta 4 puntos

Proyectos que incluyan otras actividades autofinanciadas o financiadas por otros organismos

Hasta 4 puntos

Proyectos que integren la línea 1 y la 2

Hasta 2 puntos

Los criterios de puntuación ponderada se realizarán de acuerdo al baremo y puntuación expresada anteriormente (tablas 1 y 2).
Una vez sumados todos los puntos, se obtendrá el valor económico de cada punto dividiendo el 100 por 100 del crédito presupuestario de cada línea entre los puntos totales obtenidos por todas las asociaciones y entidades en cada una de las líneas. El crédito presupuestario del Área es de 25.000 euros. De ellas 15.000 euros corresponden a la línea 1, y 10.000
euros corresponden a la línea 2.
Realizada esta operación, el valor de cada punto en cada una de las líneas, se multiplicará por los puntos totales obtenidos por cada una de las asociaciones y entidades para obtener así el importe de la subvención a percibir en esa línea. El total a percibir por cada asociación será la suma de las cuantías obtenidas en las líneas 1 y 2 (Se aplicará redondeo en
las cantidades para evitar los céntimos).
Serán desestimados los proyectos que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

A. Gastos de la entidad ocasionados por la actividad del voluntariado. Línea 1.
Se incluyen:
a) Los gastos correspondientes al traslado de los voluntarios para la tarea de desarrollo y preparación de las clases, reuniones, coordinación y participación en las actividades complementarias. Se computará el kilometraje total y se aplicará el coeficiente medio ponderado obtenido en el informe Captio del kilometraje del año,
con un máximo de hasta de 120 euros.

BOCM-20230329-76

4. Gastos subvencionables