Leganés (BOCM-20230329-76)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 75

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

Pág. 891

— Metodología y calendario.
— Recursos propios empleados.
— Impacto en la sociedad.
5. Dotación económica
La dotación económica de la presente convocatoria será de 106.000 euros, con cargo
a la partida 05/3300/489.01 del ejercicio presupuestario del año 2023.

2. Proyectos y actividades objeto de subvención
Línea 1. Cursos formativos de Educación Básica de adultos no reglados, Talleres de
alfabetización tecnológica y Actividades culturales tales como:
— Talleres de alfabetización tecnológica, poesía, teatro, visitas a museos, visitas-salidas culturales, charlas educativas, cursos de formación, talleres educativos, libro
fórum, música educativa o para otros actos, corales, cine fórum, jornadas culturales, y otros similares, dirigidas exclusivamente a los grupos de Educación Básica
de Adultos.
Línea 2. Talleres de alfabetización tecnológica, poesía, teatro, visitas a museos, visitassalidas culturales, charlas educativas, cursos de formación, talleres educativos, libro fórum,
música educativa o para otros actos, corales, cine fórum, jornadas culturales, y otros similares,
en las que tendrán prioridad los participantes en la Educación básica, pero están abiertas a los
socios y público en general. Todas las actividades a desarrollar serán informadas y autorizadas
previamente por la UPL, para que supervise su ejecución y valide si puede ser objeto de subvención, sin que esta validación sea garantía ni compromiso de recibir la subvención, que quedara a la espera de su concesión administrativa después de todos los pasos legales.
Cada entidad presentará un solo proyecto y las diferentes actividades de la Memoria
de Actividades se enmarcarán en la Línea 1 o la Línea 2, en función del público al que vayan dirigidas.
Quedan excluidos de la presente convocatoria:
— Los proyectos relativos a actividades deportivas.
— Actividades con finalidad lucrativa.
— Actividades dentro de los programas de fiestas.
— Actividades organizadas por AMPAS de centros educativos u otras entidades de
educación formal.
— Cualquier proyecto o actividad que no responda a las líneas de actuación descritas
en este apartado.
Asimismo, no serán gastos que se puedan imputar a la subvención, además de los establecidos en las bases generales, los siguientes:
— Los gastos en alimentación y bebidas.
— Los artículos de mar-chandising (camisetas, sudaderas, gorras, etc.).
3. Condiciones y criterios de valoración
A) Condiciones obligatorias específicas para optar a las subvenciones de Cultura-UPL.
1.o Estar inscrito en el programa de “Leganés contra el analfabetismo “ de la Universidad Popular, antes de solicitar la subvención.

BOCM-20230329-76

BASES ESPECÍFICAS OBJETO DE SUBVENCIÓN PARA LOS PROGRAMAS
DE EDUCACIÓN BÁSICA DE ADULTOS DE LA UNIVERSIDAD POPULAR
(ÁREA DE CULTURA) PARA EL AÑO 2023
1. Objeto y criterios reguladores
Las presentes bases específicas tienen por objeto promover la participación de las entidades sociales en la Educación Básica de Adultos, no reglada, y en otros ámbitos culturales y educativos, (abiertos a toda la población pero priorizando a los adultos del programa,
“Leganés contra el analfabetismo”) tales como: Talleres de alfabetización tecnológica, poesía, teatro, visitas a museos, visitas-salidas culturales, charlas educativas, cursos de formación, talleres educativos, libro fórum, música educativa o para otros actos, corales, cine fórum, jornadas culturales, y otros similares.
Las subvenciones objeto de las siguientes bases tiene por finalidad cubrir los costes de
los proyectos ejecutados por entidades sociales sin ánimo de lucro que actúan en el municipio de Leganés.