D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230329-27)
Convenio –  Publicación del convenio-subvención de 29 de diciembre de 2022, entre la Comunidad de Madrid (Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades) y Madres Trinitarias, para el desarrollo del componente 21, inversión 2: programa para la orientación, avance y enriquecimiento educativo en centros de especial complejidad educativa (Programa Proa+) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 29 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 75

FUNCIONES DEL PROFESOR QUE LLEVARÁ A CABO EL REFUERZO
Apoyo directo al alumnado seleccionado.
Elaborar el plan de trabajo para el alumnado destinatario del programa, en coordinación con el tutor y con el
asesoramiento del equipo de orientación, en el que se determine los contenidos a desarrollar. (”Programación
de refuerzo”)
Realizar un seguimiento individualizado de cada alumno y aportar la información necesaria para, en colaboración
con el tutor, el orientador y la Dirección Pedagógica, decidir sobre la continuidad o no del alumno en el
programa.(Diario de trabajo de refuerzo”)
ACTUACIONES CON LA FAMILIA
En primer lugar, es necesario señalar que los tutores de cada uno de los alumnos informarán a las respectivas
familias, tanto de la inclusión de sus hijos en el programa como de los aspectos generales del desarrollo del
mismo.
COORDINACIÓN DOCENTE
Para un adecuado funcionamiento de las actividades de refuerzo educativo es necesario establecer una estrecha
coordinación entre el profesorado que imparte el refuerzo y el que imparte las áreas instrumentales, con el
objeto de asegurar la conexión y continuidad entre el trabajo que se realiza en el aula y el que se realiza en las
sesiones de refuerzo. Además de colaborar con el tutor en la evaluación, e identificar las necesidades educativas
de los alumnos y las actividades comunes en el aula ordinaria cuando sea requerido.
MEDIDAS METODOLÓGICAS

BOCM-20230329-27

Por medidas se entienden aquellas actuaciones de índole, tanto organizativas como curriculares, que se puedan
llevar a cabo en el proceso de planificación o en el desarrollo de los procesos de enseñanza- aprendizaje, para
atender a la diversidad del alumnado.
Los criterios para seleccionar estas medidas van de la prevención a la actuación, desde medidas de carácter más
general hasta medidas excepcionales. Este amplio espectro se dirige a dar respuesta a todas las necesidades
educativas que se presenten, con el fin último de favorecer la integración escolar y social y han de ser propuestas
por los profesionales implicados en el Plan y previa información y consentimiento de las familias.
Estas medidas tienen diferentes campos de desarrollo: el centro en su conjunto, un ciclo, un determinado
grupo de alumnos o bien un alumno concreto. Estas actuaciones no van ligadas de forma permanente a colectivo
de alumnos concretos, ya que un alumno puede requerir a lo largo de su escolaridad la adopción de diferentes
tipos de medidas.