Leganés (BOCM-20230328-62)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones especial necesidad
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 74

MARTES 28 DE MARZO DE 2023

Pág. 169

ANEXO I
TABLA DE INGRESOS ECONÓMICOS POR MIEMBRO DE LA UNIDAD FAMILIAR
Nº DE MIEMBROS

CUANTÍA MÁXIMA DE INGRESOS
(INDICADOR PÚBLICO DE RENTA
DE EFECTOS MÚLTIPLES (IPREM)

1

100 % IPREM

2

150 % IPREM

3

160 % IPREM

4

170 % IPREM

5

180 % IPREM

6

190 % IPREM

7

200 % IPREM

8

205 % IPREM

9

210 % IPREM

10

215 % IPREM

ANEXO II
TIPO DE PRESTACIÓN

CÁLCULO DEL IMPORTE

CUANTÍA MÁXIMA

DURACIÓN MÁXIMA

Escuelas infantiles privadas autorizadas
por la Comunidad de Madrid

Por cada menor se ajustará
exactamente al 100 % del
importe mensual, hasta la
cuantía máxima por menor

300 € / mes por menor

Según instrucciones anuales
de la Comunidad de Madrid,
en cuanto a la duración del
curso escolar.

Ayuda para la alimentación de personas
mayores de 65 años

100 % de la cuantía máxima
mensual por persona mayor,
hasta la cuantía máxima diaria
por mayor

13 € al día por persona mayor
de 65 años

Un año.
Se podrá prorrogar, previa
valoración diagnóstica

Ayuda familiar

100 % de la cuantía máxima
mensual por menor y
siguientes, hasta la cuantía
máxima mensual

200 € / mes para la primera
persona de la unidad familiar.
Incrementándose 100 € / mes,
por las siguientes, hasta un
máximo de 600 €/ mes

6 meses.

Ayuda para alimentación de menores
escolarizados en centros de enseñanza
infantil y primaria (CEPI) y en centros de
educación infantil de la red pública de
gestión directa o de gestión indirecta

Por cada menor se ajustará
exactamente al 100 % del
importe mensual, hasta la
cuantía máxima por menor

100 € / mes por menor (según
presupuesto del centro escolar)

Según instrucciones anuales de
la Comunidad de Madrid, en
cuanto a la duración del curso
escolar.

Ayuda para la alimentación de personas
sin hogar

100 % de la cuantía máxima
mensual por persona, hasta la
cuantía máxima diaria

13 € al día por persona

Un año.
Se podrá prorrogar un año más,
previa valoración diagnóstica

Ayuda para gastos farmacéuticos

100 % del presupuesto de la
farmacia

200 € / mes por persona

Un año.
Se podrá prorrogar, previa
valoración diagnóstica

Ayuda para desplazamientos en
transporte público

100 % de la cuantía de los días
de duración de la actividad

100 € / mes por persona

1 mes.
Se podrá prorrogar hasta un
máximo de 4 meses, previa
valoración diagnóstica

CÁLCULO DEL IMPORTE

CUANTÍA MÁXIMA

DURACIÓN MÁXIMA

Ayuda para el pago de alquiler o cuota hipotecaria

TIPO DE PRESTACIÓN

100 % de la cuantía máxima mensual

700 €/mes

3 meses

Reparación o adquisición de enseres básicos para la vivienda

100 % de la reparación

Suministros de luz

1000 €

Anual

100 % de la factura mensual

100 €/mes

6 meses

Suministros de gas

100 % de la factura mensual

150 €/mes

6 meses

Suministros de agua

100 % de la factura mensual

50 €/mes

6 meses

Monturas y lentes

100 % según presupuesto de la óptica

500 € por persona

Anual

Audífonos

100 % según presupuesto

800 € por persona

Anual

BOCM-20230328-62

ANEXO III