Leganés (BOCM-20230328-63)
Régimen económico. Bases ayudas actividades culturales
<< 4 << Página 4
Página 5 Pág. 5
-
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 74

MARTES 28 DE MARZO DE 2023

Pág. 175

Decimoctava. Comprobación y control financiero
Las ayudas concedidas podrán ser objeto de comprobación y control financiero en
cualquier fase de su ejecución por parte del Ayuntamiento y la Intervención General municipal. Los beneficiarios deberán facilitar el acceso al lugar de la actuación y aportar cuanta
documentación les sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones.
El control financiero tendrá por objeto verificar la correcta obtención de los fondos, el
cumplimiento de las obligaciones en la aplicación de los fondos recibidos y la correcta justificación de la subvención.
El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta facilitada en el impreso de la solicitud de la ayuda. Para recibir la ayuda, el solicitante y/o representante legal debe de estar al corriente de sus obligaciones tributarias en todas las fases del
procedimiento.
Decimonovena. Responsabilidad y régimen sancionador
Los beneficiarios de estas ayudas quedarán sometidos al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Vigésima.

Régimen jurídico

En todo lo no previsto en las presentes bases, así como respecto a la interpretación de
las mismas se estará a lo que disponga la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Vigesimoprimera.

Protección de datos de carácter personal

BOCM-20230328-63

En cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos personales facilitados, así como los que sean requeridos posteriormente para completar
el expediente, podrán ser incorporados a un fichero, cuya titularidad corresponde al Ayuntamiento de Leganés.
Con la remisión de los datos, se presta consentimiento expreso para que se pueda llevar a cabo el tratamiento de los mismos, siempre para el cumplimiento de las finalidades
propias del Ayuntamiento. Asimismo, queda informado de que podrá ejercitar su derecho
de acceso, rectificación, oposición y cancelación de sus datos mediante comunicación escrita al Ayuntamiento de Leganés.
La presentación de solicitud de ayuda implicará la aceptación de la cesión de los datos
contenidos en la misma al Ayuntamiento de Leganés con fines de estadística, evaluación y
seguimiento y para la comunicación de los diferentes programas subvencionados por el
Ayuntamiento.
En el presupuesto 2023 (Programa 05/3262/481.00-Escuela de Música) existe consignación adecuada y suficiente para asumir dicho gasto.
Leganés, a 16 de marzo de 2023.—El concejal-delegado de Deportes y Cultura, Miguel Ángel Gutiérrez Merino.
(03/4.610/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791