C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230328-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 304/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el FEAGA y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el FEADER, “solicitud única”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 74

MARTES 28 DE MARZO DE 2023

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d Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos.
d Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de pendiente media.
d Agricultura de carbono: Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente y bancales.
d Agroecología: Espacios de biodiversidad en tierras de cultivo y cultivos permanentes.
— La ayuda asociada a los agricultores de determinados cultivos que afronten dificultades, correspondientes a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal, arroz, remolacha azucarera y tomate para transformación, a los productores de
frutos secos en áreas con riesgo de desertificación, a la producción tradicional de
uva pasa, al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental, y el
pago específico al cultivo del algodón, de conformidad con lo establecido en los
artículos 33 y 36 del Reglamento (UE) número 2021/2115 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, contenidos en el Título III, Capítulo III, Sección 1.a del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
— La ayuda asociada a los ganaderos, contenida en el Título III, Capítulo III, Sección 2.a
del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, para los ganaderos extensivos de
vacuno de carne, el engorde de terneros en la explotación de nacimiento, el engorde
sostenible de terneros, la producción sostenible de leche de vaca, los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y caprino de carne, la producción sostenible de
leche de oveja y cabra y para los ganaderos extensivos y semiextensivos de ovino y
caprino sin pastos a su disposición y que pastorean superficies de rastrojeras, barbechos y restos hortofrutícolas.
Segundo
Bases reguladoras
Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de
las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes
en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
Tercero
Financiación
Las ayudas directas se financian íntegramente por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
Cuarto
Plazo presentación solicitudes
El plazo de presentación de la solicitud única se iniciará el 1 de marzo de 2023 y finalizará el 31 de mayo de 2023, ambos inclusive.
Quinto
La solicitud única se dirigirá a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, y se presentará de
forma telemática, a través de la dirección web: https://gestiona3.madrid.org/SgaCac/ProdInd . Para ello será imprescindible la utilización de DNI electrónico o certificado digital
reconocido por la Comunidad de Madrid.
Madrid, a 10 de marzo de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN

(03/4.867/23)

http://www.bocm.es

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ISSN 1989-4791

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