C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230328-28)
Convocatoria ayudas –  Orden 304/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), “solicitud única”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MARZO DE 2023

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catoria que nos ocupa, y no recoge la autorización necesaria para establecer compromisos de más de tres años en esta operación. Así, resulta de aplicación lo establecido en la disposición adicional tercera de la Orden 1185/2021, de 8 de junio, de convocatoria, sobre la revisión de los compromisos en caso de variación de las normas
obligatorias y requisitos aplicables. En este caso el compromiso que asumen los beneficiarios participantes en este programa es de tres años en lugar de los cinco que
inicialmente se convocaban.
c) La segunda anualidad del Programa Agroambiental 2022-2024 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid. La
participación en este programa se convocó mediante la Orden 1116/2022, de 5 de
mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se
procede a la apertura del Programa Agroambiental 2022-2024 para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de
Madrid, se procede a la convocatoria de la segunda anualidad de dicho programa,
procediéndose también a la regulación del pago del resto de las anualidades de
este Programa Agroambiental, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y publicada en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el 17 de mayo de 2022.
Artículo 21
Beneficiarios
Podrán presentar la solicitud de pago de estas ayudas los participantes de los Programas
Agroambientales para el mantenimiento de razas autóctonas de los períodos 2019-2023,
2021-2023 y 2022-2024 que soliciten el pago de la anualidad 2023.
Artículo 22
Documentación a aportar con las solicitudes de pago
La documentación a aportar con la solicitud de pago de la anualidad 2023 de los Programas Agroambientales para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid 2019-2023, 2021-2023 y 2022-2024 será la establecida en
el artículo 17 de la Orden 2916/2017, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción de la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Artículo 23
Financiación

ANUALIDAD

CUANTÍA 2023 (€)

Programa Agroambiental 2019-2023

PROGRAMA AGROAMBIENTAL

Quinta

140.000

Programa Agroambiental 2021-2023*

Tercera

100.000

Programa Agroambiental 2022-2024

Segunda

250.000

Estas ayudas están financiadas en un 75 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100 restante por la Administración General del Estado.

BOCM-20230328-28

La financiación de los pagos de la anualidad 2023 de los Programas Agroambientales
2019-2023, 2021-2023* y 2022-2024, se efectuará con cargo a la partida presupuestaria
77306 “Actuaciones Agrícolas” del Programa Presupuestario 411 A de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados para el año 2023 a través del
Decreto 137/2022 de 28 de diciembre, por los siguientes importes: