C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230328-28)
Convocatoria ayudas –  Orden 304/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se articula para el año 2023 en el ámbito de la Comunidad de Madrid la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se convocan las solicitudes de pago de las intervenciones para el desarrollo rural asimiladas al sistema integrado de gestión y control cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), “solicitud única”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 74

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE MARZO DE 2023

Pág. 83

SECCIÓN 2.a

Ayudas destinadas al fomento de la agricultura compatible
con la conservación de las aves esteparias
de la Red Natura 2000
Artículo 16
Régimen jurídico de las ayudas destinadas al fomento de la agricultura compatible
con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000
1. En la solicitud única de 2023 se presentarán las solicitudes de pago correspondientes a la anualidad de 2023, tal y como contempla el artículo 17 de la Orden 4547/2020, de
la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado.
2. Las anualidades objeto de solicitud de pago en 2023 serán:
— La segunda anualidad del Programa Agroambiental 2022-2026 para el fomento de la
agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000. La participación en este programa se convocó mediante la Orden 575/2021,
de 21 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por
la que se procede a la convocatoria de ayudas para el fomento de la agricultura
compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000 para
el programa agroambiental 2022-2026, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado y fue
publicada en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el 23 de agosto de 2021.
— La primera anualidad del Programa Agroambiental 2023-2027 para el fomento de la
agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000. La participación en este programa se convocó mediante la Orden 1412/2022,
de 2 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por
la que se procede a la convocatoria de ayudas para el fomento de la agricultura
compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000 para
el programa agroambiental 2023-2027, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado y fue
publicada en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el 20 de junio de 2022.
Artículo 17
Beneficiarios
Podrán presentar la solicitud de pago de estas ayudas para la anualidad de 2022-2023 los
participantes de los Programas Agroambientales 2022-2026 y 2023-2027 para el fomento de
la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000.
Artículo 18
La documentación a aportar con la solicitud de pago de la anualidad 2023 de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias
de la Red Natura 2000 será la establecida en el artículo 18 de la Orden 4547/2020 de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas para el fomento de la agricultura compatible con la conservación de las aves esteparias de la Red Natura 2000,
cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado.

BOCM-20230328-28

Documentación a aportar con las solicitudes de pago