Humanes de Madrid (BOCM-20230327-61)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 73

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023

lización de esta prueba será de 150 minutos en total: 120 minutos para la prueba
de conocimientos del temario y 30 minutos para la prueba de conocimiento del
idioma inglés.
d) Reconocimiento médico: que será practicado por personal facultativo del Servicio
de Prevención Ajeno de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Humanes de
Madrid, o el que se designen al efecto, y en el que se realizarán cuantas pruebas
clínicas, analíticas y complementarias o de otra clase se consideren necesarias
para comprobar que las personas aspirantes no están incursas en el cuadro médico de exclusiones que figura en el Anexo II.
A fin de poder realizar la prueba de reconocimiento médico, será necesario cumplimentar en la propia instancia de participación en el proceso selectivo, la autorización para someterse a las pruebas médicas que sean necesarias para la realización de esta cuarta prueba de la fase de oposición.
Sin perjuicio de la finalidad de esta cuarta prueba de reconocimiento médico, en
cualquier fase del proceso selectivo se podrán realizar los correspondientes análisis de sangre y orina o cualquier otro que se estime conveniente para detectar el
consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o psicotrópicos.
La participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización expresa
para la realización de estos análisis.
Si la persona interesada se negara a someterse a la realización de dichos análisis, el
Tribunal, previa audiencia de la misma, acordará su exclusión del proceso.
Las mujeres embarazadas que prevean que, por las circunstancias derivadas de su
avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días
del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los
exámenes o pruebas previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo a la comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá realizarse con el tiempo suficiente y el tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no
realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de la prueba, o
bien ambas medidas conjuntamente.
3.2. Concurso de Méritos. Esta fase no tendrá carácter eliminatorio. El tribunal examinará la documentación aportada por el interesado a fin de apreciar las aptitudes y méritos alegados.
A esta fase del proceso selectivo tan solo pasarán las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
El concurso puntuará los conocimientos previos de interés profesional y los años de
servicio prestados como agente auxiliar o agente de movilidad.
Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del
día siguiente a la publicación de la lista de aprobados de la fase de oposición para presentar los méritos a valorar. No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en esta fase de presentación, así como aquellos que sean alegados en el currículo
y no estén debidamente justificados del modo indicado en estas bases. Solo podrán ser valorados los méritos obtenidos antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de
instancias y sean acreditados documentalmente en este plazo de diez días.
Los méritos alegados por cada persona aspirante que posean antes de la finalización
del plazo de admisión de instancias, se presentarán mediante instancia general dirigida al
Tribunal del proceso selectivo, a la que se acompañará currículo profesional con constancia de los méritos alegados en la fase de concurso, y ordenados según el baremo que figura en las presentes Bases acompañado de las correspondientes fotocopias ordenadas y numeradas en el margen superior derecho, de diplomas o certificados expedidos por el
organismo o entidad organizadora en las que deben constar la fecha de realización y el número de horas de formación. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos que sean alegados en el currículo y no estén debidamente justificados del modo indicado anteriormente.
No será necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración jurada del interesado/a sobre la autenticidad de los mismos, así como
de los datos que figuran en la instancia, sin perjuicio de que, en cualquier momento, el Tribunal Calificador o los órganos competentes del Ayuntamiento de Humanes de Madrid
puedan requerir a los/as aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración.
Los servicios prestados como agente auxiliar o agente de movilidad se acreditarán mediante certificado del órgano correspondiente con competencias en materia de recursos humanos.

Pág. 349

BOCM-20230327-61

BOCM