Humanes de Madrid (BOCM-20230327-61)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 73
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023
Pág. 355
3.o Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima
de 0,40 puntos:
a) Nivel C2: 0,40 puntos.
b) Nivel C1: 0,30 puntos.
c) Nivel B2: 0,20 puntos.
d) Nivel B1: 0,10 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente
se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuaran los niveles superiores al exigido.
4.o Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones
sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de
Madrid:
a) Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
b) Cursos en lo que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número
de horas lectivas realizadas.
8.3. Calificación final de las pruebas de oposición y del concurso de méritos. Será la
suma de la calificación final de las pruebas de oposición y de la puntuación obtenida en el
concurso de méritos.
Superarán estas fases quienes habiendo aprobado todos y cada uno de los ejercicios de
dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de plazas convocadas, sin que por tanto se pueda considerar que han superado las fases de concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, aquello/as aspirantes que habiendo aprobado ambas fases no figuren incluidos en la relación propuesta
por el Tribunal.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de aprobados de ambas fases se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la
fase de oposición, después en la mejor puntuación obtenida en la fase de concurso y por último término se solventará por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentado en
la categoría a la que se accede. En caso de persistir el empate, este se solventará por orden
alfabético del primer apellido de las personas empatadas conforme a la letra que determine
el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública para el Ingreso de Personal al Servicio de la Administración Pública.
Finalizada esta fase del proceso selectivo, el Tribunal publicará la relación de personas aprobadas por el orden de puntuación alcanzado en la sede electrónica municipal y en
el tablón de edictos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, con indicación de cuatro cifras del documento nacional de identidad, así como las notas parciales de todos y cada una
de las fases del proceso selectivo.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la relación expresada al Sr. Alcalde-Presidente, sin que en ningún caso la relación de aprobados/as puedan contener un
número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de tales plazas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados/as antes de su nombramiento como funcionarios/as en prácticas, o cuando de la documentación
aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal, relación complementaria de quienes habiendo
superado todos los ejercicios de la fase de oposición, sigan a las personas propuestas, para
su posible nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
BOCM-20230327-61
9. Relación de personas aprobadas en la fase de concurso-oposición
B.O.C.M. Núm. 73
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE MARZO DE 2023
Pág. 355
3.o Títulos oficiales que acrediten estar en posesión de conocimientos de idiomas extranjeros conforme al Marco Común Europeo de Referencia, con una puntuación máxima
de 0,40 puntos:
a) Nivel C2: 0,40 puntos.
b) Nivel C1: 0,30 puntos.
c) Nivel B2: 0,20 puntos.
d) Nivel B1: 0,10 puntos.
Cuando se trate del mismo idioma y se posean varios niveles del mismo, únicamente
se puntuará el título de grado superior. Respecto al idioma de la correspondiente convocatoria, solo puntuaran los niveles superiores al exigido.
4.o Cursos de interés policial, con una puntuación máxima de 0,30 puntos, impartidos por universidades u otros centros oficiales reconocidos por el ministerio competente en materia de Educación, por administraciones públicas u organizaciones
sindicales acogidas a los diferentes planes de formación continua de las administraciones públicas, por entidades públicas o privadas en colaboración con las entidades locales, así como los homologados por el Consejo Académico del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de
Madrid:
a) Cursos en los que no conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos.
b) Cursos en lo que conste el número de horas lectivas: 0,002 puntos por el número
de horas lectivas realizadas.
8.3. Calificación final de las pruebas de oposición y del concurso de méritos. Será la
suma de la calificación final de las pruebas de oposición y de la puntuación obtenida en el
concurso de méritos.
Superarán estas fases quienes habiendo aprobado todos y cada uno de los ejercicios de
dicha fase, obtengan las calificaciones más altas hasta alcanzar como máximo el total de plazas convocadas, sin que por tanto se pueda considerar que han superado las fases de concurso-oposición, obtenido plaza o quedado en situación de expectativa de destino, aquello/as aspirantes que habiendo aprobado ambas fases no figuren incluidos en la relación propuesta
por el Tribunal.
El orden de colocación de los/as aspirantes en la lista definitiva de aprobados de ambas fases se establecerá de mayor a menor puntuación.
En caso de empate, este se dirimirá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la
fase de oposición, después en la mejor puntuación obtenida en la fase de concurso y por último término se solventará por la persona del sexo que se encuentre infrarrepresentado en
la categoría a la que se accede. En caso de persistir el empate, este se solventará por orden
alfabético del primer apellido de las personas empatadas conforme a la letra que determine
el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado para la Función Pública para el Ingreso de Personal al Servicio de la Administración Pública.
Finalizada esta fase del proceso selectivo, el Tribunal publicará la relación de personas aprobadas por el orden de puntuación alcanzado en la sede electrónica municipal y en
el tablón de edictos del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, con indicación de cuatro cifras del documento nacional de identidad, así como las notas parciales de todos y cada una
de las fases del proceso selectivo.
Simultáneamente a su publicación, el Tribunal elevará la relación expresada al Sr. Alcalde-Presidente, sin que en ningún caso la relación de aprobados/as puedan contener un
número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto el nombramiento de
igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de tales plazas, cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados/as antes de su nombramiento como funcionarios/as en prácticas, o cuando de la documentación
aportada por los/as aspirantes se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos, el órgano convocante podrá requerir del Tribunal, relación complementaria de quienes habiendo
superado todos los ejercicios de la fase de oposición, sigan a las personas propuestas, para
su posible nombramiento como funcionarios/as en prácticas.
BOCM-20230327-61
9. Relación de personas aprobadas en la fase de concurso-oposición