C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230324-29)
Puesto funcionario habilitación nacional –  Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Secretario General del Pleno, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 71

VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

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competencias y habilidades profesionales relacionadas en todo caso con el puesto de titular
de la Secretaría General del Pleno:
— Capacidad de planificación, innovación, determinación de prioridades y toma de
decisiones.
— Liderazgo de equipos. Se valorará especialmente la capacidad de gestionarlos y
motivarlos.
— Capacidad de impulsar la implantación y revisión de estrategias, políticas e iniciativas de mejora.
— Capacidad de orientación a los resultados y transparencia.
— Capacidad de comunicación y negociación.
— Capacidad de construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas.
— Capacidad de resolución de conflictos y conducta ética relacional.
— Competencias digitales.
Celebradas las entrevistas y a la vista del currículo de las personas candidatas, atendiendo a las funciones del puesto y a los objetivos que se pretenden obtener en el área de la
Secretaría General donde prestará servicios, el titular de la indicada concejalía elevará propuesta motivada determinando la persona aspirante que considera más idóneo/a para el
puesto, o en su caso, declaración de la convocatoria como desierta.
El informe propuesta será emitido por el titular de la Alcaldía-Presidencia, el cual elevará en el plazo máximo de un mes propuesta de nombramiento a la Junta de Gobierno Local, órgano competente para el nombramiento del personal directivo según establece el artículo 127.1.i de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
junto con las solicitudes y el resto de documentación presentada.
En todo caso deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento del
acuerdo adoptado, la observancia del procedimiento debido.
Del acuerdo adoptado se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado de la misma
al órgano competente de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General para la Administración Local, para su anotación y publicación conjunta en el “Boletín Oficial del Estado”,
tal como exige el artículo 46 del mencionado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Se declarará desierta la convocatoria en el caso de que ninguna de las personas aspirantes cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases, o no se encuentre ninguna persona candidata cuya formación, competencia y experiencia profesional se adecue
a las funciones, objetivos y ámbito de la dirección general a ocupar. La declaración desierta de la convocatoria tendrá que ser igualmente motivada.
Sexta
Toma de posesión
El plazo posesorio será el establecido en el artículo 41 del Real Decreto. 128/2018,
de 16 de marzo, previa presentación en el Servicio de RR. HH. de las declaraciones de bienes y actividades de altos cargos (disposición adicional 15.3 de la Ley 7/1985).
Séptima
Contra la Resolución de aprobación de las bases y convocatoria del procedimiento,
que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de
reposición, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con
lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
(03/4.569/23)

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ISSN 1989-4791

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Régimen de impugnaciones