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Convenio –  Convenio de 24 de febrero de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y el Ayuntamiento de Rascafría, en materia de recogida y alojamiento de animales de compañía perdidos, abandonados y vagabundos
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 71

perjuicios derivados de dicho incumplimiento conforme a los criterios generales establecidos por la ley.
Séptima
Financiación del convenio
La firma de este convenio, no supone un incremento de gasto para la Comunidad de
Madrid, ya que su contenido económico se incluye en el precio del Contrato de Servicios
“Gestión del Centro Integral de Acogida de Animales, sito en Colmenar Viejo”.
La Resolución de 4 de noviembre de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 20 de noviembre de 2019) de la Secretaría General Técnica, de la Consejería
de Medio Ambiente, recoge la formalización del citado contrato de servicios en fecha 29 de
octubre de 2019, siendo el contratista la Federación de Asociaciones Protectoras y de Defensa Animal de la Comunidad de Madrid, por un importe de adjudicación, IVA incluido,
de 740.103,59 euros. Siendo el plazo de ejecución del contrato de 18 meses.
Por su parte, la “Memoria justificativa de la necesidad del contrato de servicios” adjudicado, de 11 de febrero de 2019, estableció con anterioridad a su celebración, que el futuro contrato a adjudicar podrá ser prorrogado por un máximo de 5 años, siendo el valor estimado de 2.052.627 euros.
El marco presupuestario en que se encuadra el presente Convenio viene delimitado por
el Presupuesto Prorrogado de la Comunidad de Madrid para el año 2023. A tal efecto, el
Decreto 137/2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de 28 de diciembre
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre de 2022), establece los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales
para 2023. Y dispone en su artículo 9.1 que la tramitación de expedientes de gasto se producirá con respecto al crédito inicial prorrogado de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de este Decreto, al mismo nivel de vinculación, dentro del cual se entenderán incluidos los
compromisos de carácter plurianual contraídos en ejercicios anteriores, así como las obligaciones derivadas de compromisos de gasto debidamente adquiridos en el año 2022. A tal efecto, el libro 11 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (prorrogados para 2023) recoge Gastos Plurianuales, con cargo a la partida presupuestaria de la
Consejería de Medio Ambiente, Dirección General de Agricultura, en su Programa Agricultura Ganadería y Alimentación (Aplicación presupuestaria: 16014, 411A, 22706) “Gestión
Centro Acogida Animales (CIAAM) de Colmenar” por un importe de 448.714 euros.
En consecuencia, el Convenio a celebrar supone la adhesión de un municipio más a
los 78 que recogió en su día la Memoria Justificativa del Contrato de Servicio para la Gestión del Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid, citada más
arriba. Por lo que podría resultar necesario en su momento evaluar el impacto actualizado
del Contrato de Servicios en relación con su repercusión presupuestaria, pues el gasto público a asumir por la Comunidad de Madrid podría incrementarse si se incrementa el número de municipios que forman parte del Convenio.
Octava
Jurisdicción
Este convenio tiene naturaleza administrativa y se rige por lo dispuesto en el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y aplicación del presente Convenio serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Protección de datos de carácter personal
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio. Las obligaciones en materia de

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