C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-27)
Extracto convocatoria subvenciones – Extracto de la Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 70
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden
en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Información complementaria
En caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al crédito inicialmente aprobado se podrá disponer de una cuantía adicional de hasta 50.000 euros, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y, en su caso, en la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid vigente para 2022. La publicidad de los créditos adicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad del
crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
En Madrid, a 10 de marzo de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20230323-27
(03/4.603/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 160
JUEVES 23 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 70
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden
en forma de extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto
Información complementaria
En caso de presentación de solicitudes por un importe de ayuda superior al crédito inicialmente aprobado se podrá disponer de una cuantía adicional de hasta 50.000 euros, sin necesidad de nueva convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y, en su caso, en la Ley de Presupuestos Generales
de la Comunidad de Madrid vigente para 2022. La publicidad de los créditos adicionales disponibles no implicará la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
La efectividad de la misma queda condicionada a la declaración de disponibilidad del
crédito y, en su caso, a la previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
En Madrid, a 10 de marzo de 2023.
La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura,
PALOMA MARTÍN MARTÍN
BOCM-20230323-27
(03/4.603/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791