C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230323-27)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de la Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 70

JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

Pág. 159

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura
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EXTRACTO de la Orden 596/2023, de 10 de marzo, de la Consejería de Medio
Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera
anualidad.
BDNS 682092

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en Base de Datos Nacional de Subvenciones
( https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ).
Primero
Beneficiarios
Personas físicas o jurídicas que sean titulares de explotaciones apícolas situadas en la
Comunidad de Madrid, y que se comprometan por un período de tres años, salvo causa de
fuerza mayor, a mantener y llevar a cabo las acciones y operaciones de manejo, así como
resto de requisitos y condiciones dispuestos en la convocatoria del programa.
Segundo
Objeto
Las ayudas a la “apicultura para la biodiversidad” en el marco del Programa de Desarrollo Rural cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
tienen por objeto incentivar, mediante el pago de una ayuda anual por colmena, la presencia de colmenares en las zonas silvestres, menos productivas, durante los diferentes períodos de floración, de forma que se incremente el número de agentes polinizadores en estas
zonas.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 596/2023, de la Consejería
de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras
de las ayudas a la apicultura para la biodiversidad cofinanciadas por el Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se convoca la participación en el Programa
Agroambiental 2022-2024 y el pago de su primera anualidad, cuya publicación íntegra en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID se producirá de forma simultánea al
de la publicación de este extracto.
Cuarto
El crédito destinado a financiar la presente línea de ayudas, con cargo al Programa 411A,
subconcepto 77306, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, será por importe de 200.000 euros anuales durante los años 2023, 2024 y 2025, es decir 600.000 euros
para la totalidad del programa.
Estas ayudas serán cofinanciadas en un 75 por 100 por el Fondo Europeo Agrícola de
Desarrollo Rural (FEADER) y en un 7,5 por 100 por la Administración General del Estado.

BOCM-20230323-27

Cuantía y financiación de las ayudas