C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230323-30)
Consejo de consumo –  Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Directora General de Comercio y Consumo, por la que se acuerda la apertura del plazo de solicitud para formar parte del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, en representación de las organizaciones de consumidores, empresariales y sindicales
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 164

JUEVES 23 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 70

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
30

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2023, de la Directora General de Comercio y
Consumo, por la que se acuerda la apertura del plazo de solicitud para formar
parte del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid, en representación
de las organizaciones de consumidores, empresariales y sindicales.

El Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid se constituye como un órgano
consultivo, asesor, de participación y de coordinación interadministrativa, en el que se encuentran representados todos los agentes sociales involucrados en la ordenación del consumo y la defensa de las personas consumidoras, así como las distintas administraciones públicas que ejercen la tutela de sus derechos en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de
Madrid, en su artículo 28, y el Decreto 1/2010, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la misma, regulan la composición y estructura del Consejo de Consumo. Asimismo, determina los mecanismos necesarios para dotar a este órgano de una mayor representatividad, de manera que se garantice la participación de todos los sectores implicados,
sin perder de vista la necesaria agilidad administrativa que permita garantizar, de una forma eficaz, la defensa de las personas consumidoras y usuarias madrileñas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 del mencionado Decreto 1/2010, de 14 de
enero, las entidades que deseen formar parte del Consejo de Consumo en representación de las
organizaciones de consumidores, empresariales y sindicales, lo solicitarán al titular de la dirección general con competencias en materia de ordenación del consumo y defensa de los consumidores, que corresponde a la Dirección General de Comercio y Consumo, tal como establece el Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
Próximo a finalizar la vigencia del nombramiento de los miembros de estas entidades
que actualmente forman parte del Consejo de Consumo, se ha considerado conveniente proceder a su renovación mediante la apertura de un nuevo procedimiento de participación y
selección, con objeto de adaptar la configuración de su composición a la evolución de la
realidad regional.
En virtud del cual,
RESUELVO
Primero
Objeto
Abrir un período de quince días hábiles, computado a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, con el fin de que las entidades que deseen formar parte del Consejo de Consumo
de la Comunidad de Madrid en representación de las organizaciones de consumidores, empresariales y sindicales lo soliciten a la persona titular de la Dirección General de Comercio y Consumo.

Entidades participantes
Podrán concurrir a la presente convocatoria y presentar solicitud:
1. Las asociaciones, federaciones, confederaciones, uniones y cooperativas de consumidores y usuarios a que se refiere el artículo 23 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, que estén inscritas en el Registro de

BOCM-20230323-30

Segundo