A) Disposiciones Generales - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230321-1)
Regulación enseñanzas profesionales – Decreto 17/2023, de 15 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan la ordenación y la organización general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño en la Comunidad de Madrid
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BOCM
MARTES 21 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 68
b) Artículo 5 del Decreto 104/2001, de 5 de julio, por el que se establece el currículo
del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil,
perteneciente a la familia profesional de Textiles.
13. Se derogan los siguientes artículos de los decretos que establecen los planes de
estudio de los ciclos formativos de la familia profesional de Comunicación Gráfica y Audiovisual:
a) Artículo 13.3 del Decreto 120/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Cómic.
b) Artículo 13.3 del Decreto 121/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Audiovisual.
c) Artículo 13.3 del Decreto 122/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva.
d) Artículo 13.3 del Decreto 123/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Publicitaria.
e) Artículo 13.3 del Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo
formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Modificación del Decreto 187/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación
profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba
sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas
deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio en
la Comunidad de Madrid
El Decreto 187/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las
pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos
para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas
en período transitorio en la Comunidad de Madrid, queda modificado como sigue:
Uno. El artículo 38 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 38. Requisitos académicos para el acceso a los ciclos formativos de artes
plásticas y diseño
Los requisitos académicos para acceder a los ciclos formativos de grado medio y grado superior son los establecidos en la regulación de la ordenación y organización general
de estas enseñanzas”.
Dos. El artículo 41 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 41. Prueba o parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos
de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño
El contenido, duración y número de ejercicios de la prueba o parte específica de la
prueba de acceso al grado medio y al grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño es el establecido en el anexo XIII”.
Tres. El artículo 42 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 42. Exenciones de la prueba o parte específica de la prueba de acceso a
ciclos formativos de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño
1. Estarán exentos de realizar la prueba específica de acceso al grado medio de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño aquellas personas que acrediten alguna de las
circunstancias descritas en el artículo 15.1, 2 y 3 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo.
BOCM-20230321-1
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 68
b) Artículo 5 del Decreto 104/2001, de 5 de julio, por el que se establece el currículo
del ciclo formativo de grado superior de Artes Plásticas y Diseño en Arte Textil,
perteneciente a la familia profesional de Textiles.
13. Se derogan los siguientes artículos de los decretos que establecen los planes de
estudio de los ciclos formativos de la familia profesional de Comunicación Gráfica y Audiovisual:
a) Artículo 13.3 del Decreto 120/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Cómic.
b) Artículo 13.3 del Decreto 121/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Audiovisual.
c) Artículo 13.3 del Decreto 122/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Interactiva.
d) Artículo 13.3 del Decreto 123/2022, de 30 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del
ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de
Artes Plásticas y Diseño en Gráfica Publicitaria.
e) Artículo 13.3 del Decreto 125/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno,
por el que se establece para la Comunidad de Madrid el plan de estudios del ciclo
formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Animación.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Modificación del Decreto 187/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno,
por el que se regulan las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación
profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba
sustitutiva de los requisitos académicos establecidos para el acceso a las enseñanzas
deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas en período transitorio en
la Comunidad de Madrid
El Decreto 187/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las
pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional y a las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño y la prueba sustitutiva de los requisitos académicos establecidos
para el acceso a las enseñanzas deportivas de régimen especial y a las formaciones deportivas
en período transitorio en la Comunidad de Madrid, queda modificado como sigue:
Uno. El artículo 38 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 38. Requisitos académicos para el acceso a los ciclos formativos de artes
plásticas y diseño
Los requisitos académicos para acceder a los ciclos formativos de grado medio y grado superior son los establecidos en la regulación de la ordenación y organización general
de estas enseñanzas”.
Dos. El artículo 41 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 41. Prueba o parte específica de la prueba de acceso a ciclos formativos
de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño
El contenido, duración y número de ejercicios de la prueba o parte específica de la
prueba de acceso al grado medio y al grado superior de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño es el establecido en el anexo XIII”.
Tres. El artículo 42 queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 42. Exenciones de la prueba o parte específica de la prueba de acceso a
ciclos formativos de grado medio y de grado superior de artes plásticas y diseño
1. Estarán exentos de realizar la prueba específica de acceso al grado medio de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño aquellas personas que acrediten alguna de las
circunstancias descritas en el artículo 15.1, 2 y 3 del Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo.
BOCM-20230321-1
Pág. 26
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID