D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230318-4)
Convenio –  Convenio de 7 de marzo de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y la Asociación Deporte y Diversidad, en materia de igualdad de trato y no discriminación por orientación sexual e identidad y/o expresión de género en el ámbito deportivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 66

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 18 DE MARZO DE 2023

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las personas propuestas por Deporte y Diversidad, para que estas realicen acciones de formación en dicha materia a los profesionales del ámbito deportivo, tanto público como privado.
2.a) Difundir los dispositivos y servicios de información y atención a la población
LGTBI y su entorno relacional y social.
3.a) Derivación, coordinación y seguimiento de situaciones de discriminación o acoso por razón de orientación sexual e identidad y/o expresión de género entre las entidades
deportivas LGTBI y el Programa Madrileño de Información y Atención LGTBI.
Tercera
1. Obligaciones de la Consejería:
— La Consejería, a través del Programa Madrileño de Información y Atención
LGTBI de la Dirección General de Igualdad ofrecerá formación especializada en
materia de diversidad sexual y de género, así como del contenido de la normativa
internacional, nacional, en su caso, y de la Comunidad de Madrid, relativa a protección y defensa de los derechos de las personas LGTBI, a las personas designadas por Deporte y Diversidad.
— Valorar, a través de la Dirección General de Igualdad, la idoneidad del perfil de formadores propuestos por Deporte y Diversidad, para la realización de las acciones
formativas y de sensibilización objeto del presente convenio. Solo podrán ser formadoras aquellas personas propuestas que hayan obtenido el visto bueno desde la
citada Dirección General de Igualdad. Asimismo, se mantendrá una formación
continua a las personas formadas, en función de los avances legislativos y circunstancias concurrentes, para garantizar que la formación ofrecida por los formadores
se adapte a la normativa aplicable, ya sea de carácter estatal o autonómico.
— Expedir, a través de la Dirección General de Igualdad, la documentación acreditativa de la formación realizada a formadores, haciendo constar el número de horas
y contenido de la formación.
— La Consejería, a través de la Dirección General de Igualdad, mantendrá actualizado un registro de las personas propuestas para formadores que hayan recibido la
formación especializada en materia de diversidad sexual y de género.
— Previa acreditación por parte de Deporte y Diversidad de las acciones formativas
realizadas, expedir las acreditaciones individuales a nombre de las personas que
han recibido la formación. Las acreditaciones serán expedidas por la Dirección
General de Igualdad. Dichas acciones formativas quedarán reflejadas en las Memorias del Programa Madrileño de Información y Atención LGTBI de la citada
Dirección General.
— Aprobar el contenido, temario, material y duración de las actividades formativas
que se realicen por los formadores.
— Seguimiento y control de la formación ofrecida por Deporte y Diversidad a los
profesionales del ámbito deportivo, tanto público como privado.
— Expedición de acreditaciones de los cursos ofrecidos por Deporte y Diversidad.
Dichas acreditaciones serán expedidas por la Subdirección General de Atención a
la Diversidad de Género de la Dirección General de Igualdad.
2. Obligaciones de Deporte y Diversidad:
— Asistir a las jornadas formativas destinadas a los formadores, siguiendo las directrices ofrecidas desde la Consejería.
— Designar, cuando proceda, perfiles de personas formadoras, para su aprobación
por parte de la Consejería.
— Ofrecer formación a profesionales del ámbito deportivo, tanto público como privado, siguiendo en todo caso las directrices y contenidos establecidos por la Consejería. En todo caso, los contenidos y materiales utilizados en la formación deberán estar previamente autorizados por la Consejería.
— Poner en conocimiento de la Consejería todas las cuestiones e incidencias que surjan en el desarrollo de su función formadora.
— Ofrecer información, en la formación que realicen, del Programa Madrileño de Información y Atención LGTBI, ofreciendo el material divulgativo del mismo que
le sea proporcionado desde la Dirección General de Igualdad. En su caso, deriva-

BOCM-20230318-4

Obligaciones de las partes