C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230318-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la Empresa DHL Parcel Iberia, S. L. U., en la Comunidad de Madrid, con C. C. C. 28253119975 (código número 28102511012019)
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 18 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 66

“CONVENIO COLECTIVO DE LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA EMPRESA
DHL PARCEL IBERIA, S.L.U. CON C.C.C. 28253119975 EN LA C.A. DE MADRID
PARA LOS AÑOS 2022, 2023, 2024 Y 2025”
“PREÁMBULO”
Este nuevo Convenio sustituye el Convenio “DHL PARCEL SUPPORT SPAIN S.L.U.” con
número de registro 28102511012019.
“PARTES QUE SUSCRIBEN”. Al amparo del Título III del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23
de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
son partes firmantes del presente Convenio de Empresa, la Representación Legal de los Trabajadores y la Dirección de la Empresa, quienes se reconocen mutuamente capacidad y legitimación
suficientes para negociar el presente convenio.

En Madrid, a 13 de julio de 2022

Artículo 1. Ámbito territorial
Las Disposiciones del presente Convenio obligan a los dos centros de trabajo existentes en la
C.A. de Madrid de la empresa DHL PARCEL IBERIA, S.L.U., cuyo personal está adscrito al
C.C.C. 28253119975.
Artículo 2. Ámbito funcional
El presente convenio regula las relaciones laborales DHL PARCEL IBERIA, S.L.U. en sus dos
centros de la CA de Madrid, inscritos con C.C.C. 28253119975.
Artículo 3. Ámbito personal
1. Este Acuerdo General afecta a todas y todos los trabajadores adscritos al
C.C.C.28253119975que en la CA de Madrid presten servicios para la empresa DHL
PARCEL IBERIA S.L.U. en los dos centros existentes. Excepto a quienes, por ejercer
funciones de dirección, mando y, excepcionalmente, puestos de especial confianza rijan su relación laboral mediante acuerdo individual de exclusión del Acuerdo. De las
personas que formen parte de estos colectivos, se informará anualmente a la corre spondiente Representación Legal de los Trabajadores, todo ello sin perjuicio del deber
de sigilo que se recoge en el Artículo 65 del E.T.
2. Respecto al personal DHL PARCEL IBERIA S.L.U. en la CA de Madrid, regulado por el
llamado Pacto Getafe de empresa (provenientes de la antigua Guipuzcoana Madrid)
seguirán manteniendo, en aplicación del Artículo 44 del ET, su anterior marco laboral,
recogido en el “Anexo II”. Salvo lo que en este Convenio se declare expresamente
aplicable con carácter general.
Artículo 4. Ámbito temporal
El presente Convenio, entrará en vigor a todos los efectos el día 1 de Enero de 2022, excepto en las
materias / artículos que se acuerden de manera específica algo diferente, y tendrá una duración
hasta 31 de Diciembre del año 2025, con independencia de la fecha de su publicación.

Llegada la finalización de la duración del presente Convenio, quedará automáticamente d enunciado sin necesidad de previo requerimiento, comprometiéndose ambas partes a iniciar la
negociación de un nuevo Convenio en el mes siguiente a la finalización del mismo.
Concluida su vigencia y hasta que no se logre un nuevo acuerdo que los sustituya, el presente
Convenio será de aplicación en todo su contenido.

BOCM-20230318-1

Artículo 5. Denuncia y revisión.