Chapinería (BOCM-20230317-47)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 148

VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 65

9.2. Fase de Concurso.
La fase de concurso será posterior a la fase de oposición, procediéndose a la valoración de los méritos alegados por los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición.
Se computarán y valorarán los méritos que acredite cada aspirante, de acuerdo con el
siguiente baremo:
9.2.1. Méritos académicos. Puntuación máxima 5 puntos.
Por la realización de cursos de formación y perfeccionamiento que versen sobre materias directamente relacionadas con las funciones propias del puesto,
impartidos por Centros Oficiales y demás Administraciones Públicas y Centros acogidos al Plan de Formación continua de las Administraciones Públicas,
Universidades o Colegios Profesionales, o bien por cualquier organismo público o privado siempre que hayan sido oficialmente reconocidos, que se acrediten mediante título, diploma o certificación que exprese las horas de duración,
a criterio del Tribunal.
A efectos de la equivalencia de los estudios universitarios, y para aquellos en
los que no se establezca el número de horas o créditos realizados, se establece
la siguiente equivalencia:
— 25 horas por cada crédito ECTS reconocido.
— 10 horas para el resto de créditos reconocidos.
Los cursos en los que no se acredite el número de horas no serán valorados. No
se valorarán las titulaciones académicas exigidas por el artículo 76 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para el acceso a
los distintos Grupos de titulación, ni los cursos encaminados a la obtención de
las mismas.
Se valorarán aplicando la siguiente formula: número de horas x 0,03 puntos
por hora de formación, hasta un máximo de 5 puntos.
La puntuación máxima en este apartado, por Formación, será de cinco (5) puntos.
9.2.2. Méritos profesionales. Puntuación máxima 5 puntos.
A. Experiencia desempeño de puestos. Puntuación máxima 4 puntos.
A.1. Experiencia en el desempeño de puestos en cualquier Administración
Pública como Arquitecto Técnico, con población superior a 5.000 habitantes, bien como personal laboral, como funcionario interino o de
carrera, a tiempo completo: 0,05 puntos por mes.
Para el cómputo de contratos a tiempo completo, se aplicará la siguiente formula:
Puntuación total =

Para el cómputo de contratos a tiempo parcial, se aplicará la siguiente formula:
Puntuación total =

A.2.

La puntuación máxima por Experiencia en Administraciones Publicas de población superior a 5.000 habitantes, será de un (1) punto.
Dada las características del municipio, se valorará la experiencia en
el desempeño de puestos como Arquitecto Técnico en cualquier
Administración Pública similar, entendiéndose por similares aquellas administraciones públicas con población igual o inferior a 5.000
habitantes, bien como personal laboral, como funcionario interino o
de carrera, a tiempo completo: 0,10 puntos por mes.

BOCM-20230317-47

En ningún caso se tendrán en cuenta las fracciones.