D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230317-20)
Autorización instalación eléctrica –  Resolución de 14 de febrero de 2023, de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética, sobre autorización administrativa, aprobación del proyecto y declaración en concreto de utilidad pública para la instalación de una línea en Ctra. M-528, punto kilométrico 2,400, en el término municipal de Galapagar, solicitada por I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U. (N.o expediente: 2020P258-14-0141-00258.8/2020)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 65

VIERNES 17 DE MARZO DE 2023

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Cuarto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas, el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, el Decreto 70/2010, de 7
de octubre para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de
alta tensión, la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión, el Real Decreto 1955/2000, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas, la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008 y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Descarbonización y Transición Energética en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas.
RESUELVE
Primero
Autorizar a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U., la instalación de una línea en
Ctra. M-528, punto kilométrico 2,400, en el término municipal de Galapagar, cuyas características y ubicación (en coordenadas UTM referidas al huso 30), son:
Línea subterránea de alta tensión 66 kV de doble circuito, entre la “ST Galapagar I”
(02ISE018), y la “ST Galapagar II” (ISE231), cuyas características principales son:
REFERENCIA LÍNEA

UTM ORIGEN X - Y

LONG. (m)

ACTUACIÓN

UTM FINAL X - Y

T.Serv. (kV)

Nº C.

2

TIPO

CONDUCTOR AÉREO/SUBTERRÁNEO

2020P258 ILE13078

415.056

4.494.313

1792

NUEVA

414.890

4.494.541

66

SUBTERRÁNEA

0/HEPRZ1 (AS) 36/66 kV 1x1200 K Al + H172.

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con
arreglo a las siguientes condiciones:
1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones
que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.
2. El plazo de ejecución de la instalación será de veinticuatro meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido
dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompa-

BOCM-20230317-20

Segundo