Navas del Rey (BOCM-20230316-92)
Régimen económico. Ordenanza precio público cargadores
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

Pág. 413

Art. 7. Exenciones y bonificaciones.—Quedan exentos del pago de este precio público: los vehículos de titularidad municipal.
Art. 8. Devengo.—El devengo del precio público nace en el momento en que se solicita el acceso al servicio o en el momento en que se realice la recarga.
Art. 9. Normas de gestión.—Los interesados en recargar su vehículo eléctrico en los
puntos de recarga municipales deberán acceder a la solicitud a través de las plataformas habilitadas tanto en la web municipal como la aplicación móvil (del gestor de carga, si es el
caso), identificándose y utilizando la pasarela de pago de este Ayuntamiento o entidades
colaboradoras de la recaudación municipal (o del gestor de carga, si es el caso).
Una vez acabada la carga, es obligatorio retirar el vehículo, permitiendo la carga de
otro vehículo y en caso de no hacerlo, se podrá multar por autoridad competente, dado que
la reserva de aparcamiento es solo para vehículos en proceso de carga o que no hayan excedido el tiempo máximo marcado.
Las deudas por los precios públicos aquí regulados podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, de conformidad con el artículo 46.3 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, y la normativa de recaudación que sea de aplicación.
Art. 10. Modificación.—La modificación de los precios públicos fijados en el presente Acuerdo corresponderá al Pleno de la Corporación, en virtud el artículo 47.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Art. 11. Legislación aplicable.—todo lo no previsto en el presente Acuerdo se estará
a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos; Real Decreto-Ley 6/2010, de 9 de abril, de medidas para el impulso de la recuperación económica y el empleo; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
y Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; así como en la ordenanza general aprobada por este Ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL

BOCM-20230316-92

La presente ordenanza reguladora, que fue aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2022, se ha publicado su aprobación inicial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 7, de fecha 9 de enero de 2023, permanecerá en vigor desde el día siguiente de su publicación definitiva hasta
que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Navas del Rey, a 3 de marzo de 2023.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.
(03/3.968/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791