Móstoles (BOCM-20230316-91)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 408

JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 64

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MÓSTOLES
RÉGIMEN ECONÓMICO

El Ayuntamiento de Móstoles, a través del Departamento de Festejos, al objeto de incentivar la participación de los distintas asociaciones y colectivos en actividades promovidas por el Ayuntamiento de Móstoles como enriquecimiento de la vida social y cultural del
municipio, potenciando actividades arraigadas en el municipio, organiza anualmente el
Concurso de Carrozas “Fiestas del Dos de mayo”.
BASES GENERALES REGULADORAS DE SUBVENCIONES
DEL CONCURSO DE CARROZAS “FIESTAS DEL DOS DE MAYO”
1. Objeto
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de la concesión de los premios
y de las subvenciones a las asociaciones que participen en el Concurso de Carrozas “Fiestas del Dos de mayo” convocado por el Ayuntamiento de Móstoles y que reúnan los requisitos que se señalan en estas Bases Reguladoras.
Se considerarán objeto de subvención cualquier gasto ocasionado en la construcción y
sonorización de la carroza, la contratación de animación musical, compra o alquiler de trajes para la ambientación de las carrozas, alquiler de vehículo para el arrastre, alquiler de generador y cualquier otro gasto que genere la participación en este concurso.
No se considerarán objeto de subvención:
a) Cualquier tipo de comida.
b) Materiales y/o recursos que no estén directamente relacionados con la carroza,
con su sonorización o con la contratación de animación musical.
c) Regalos u obsequios destinados a ser repartidos entre el público asistente.
d) El combustible para el funcionamiento del vehículo y/o generadores.
2. Régimen jurídico
Las subvenciones reguladas en estas Bases se regirán por lo dispuesto en las mismas
y en la Convocatoria anual, así como en los dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su Reglamento de aplicación aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, a las Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Móstoles y en el Reglamento Orgánico Municipal.
3. Órgano de aprobación
El órgano competente para la aprobación de estas Bases Reguladoras es la Junta de
Gobierno Local conforme a lo establecido en el artículo 127.1.g) de la Ley 7/1985 Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Las subvenciones que se concedan al amparo de estas Bases Reguladoras, se imputarán al Capítulo IV del Presupuesto de Gastos del Departamento de Festejos de cada ejercicio económico, con los créditos que se indiquen en las convocatorias anuales.
Los premios que se concedan al amparo de estas Bases Reguladoras, se imputarán al
Capítulo II del Presupuesto de Gastos del Departamento de Festejos de cada ejercicio económico, con las cuantías que se indiquen en las convocatorias anuales.
5. Requisitos generales de las entidades solicitantes
Las entidades solicitantes, para ser beneficiarias de subvenciones, deberán reunir los
siguientes requisitos:
a) Estar inscritas en el registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de
Móstoles.

BOCM-20230316-91

4. Crédito presupuestario