Madrid (BOCM-20230316-66)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 64

JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

Pág. 351

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto de la convocatoria pública del Premio Emprendedoras 2023 del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por decreto de 2 de marzo 2023 del delegado del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo.
BDNS (Identif: 680455)
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria
El Premio Emprendedoras 2023 es una de las líneas de reconocimiento del Ayuntamiento de Madrid al trabajo de las mujeres emprendedoras. El objetivo principal de este
premio es contribuir al reconocimiento de proyectos originales, creativos e innovadores
acometidos por mujeres para promover e impulsar el emprendimiento femenino, así como
la generación de empleo e incremento de la actividad económica del país, contribuyendo a
eliminar la brecha de género existente.

Podrán participar en el Premio emprendedoras 2023 las empresas (personas físicas o
jurídicas) que reúnan los siguientes requisitos:
1. Deberá ser pyme, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003.
2. No estar participada en más de un 25 por 100 por otra empresa. Si está participada en menor porcentaje, la participante debe ser también una pyme.
3. Estar constituida en alguna de las siguientes formas jurídicas:
a) Persona física: empresaria individual o autónoma, emprendedora de responsabilidad limitada, comunidades de bienes y sociedades civiles.
b) Persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva
empresa, sociedad limitada laboral, cooperativas y asociaciones que ejerzan una
actividad económica de forma regular.
4. Estar participadas en más del 50 por 100 por mujeres. Más del 50 por 100 de las
acciones o participaciones de la empresa tiene que estar en posesión de mujeres.
5. Haber iniciado su actividad empresarial a partir del 1 de enero de 2018. Se admitirán las solicitudes de aquellas empresas creadas con anterioridad a esta fecha, siempre que
al premio se presenten con una nueva línea de negocio y quede debidamente acreditado que
ésta se ha iniciado entre el 1 de enero de 2018 y el último día del plazo establecido para la
presentación de solicitudes.
6. Estar facturando en enero de 2022.
7. Disponer de un proyecto empresarial que sea original, creativo, disruptivo e innovador, con o sin base tecnológica, orientado a cubrir necesidades en diferentes ámbitos (medioambiente, salud y bienestar, gastronomía, educación, comercio, moda, finanzas, comercio electrónico, turismo, industria, infraestructuras, logística, energía o similares.
8. Contar con un servicio o un prototipo de producto testado en el mercado con resultados ya medidos o medibles.

BOCM-20230316-66

Segunda. Beneficiarios