Madrid (BOCM-20230315-52)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Acuerdo de 2 de marzo de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por
el que se avocan las competencias para la ejecución de las obras de edificación derivadas
del Programa de cesión de suelo en régimen de derecho de superficie con destino a la promoción de viviendas en alquiler asequible respecto a la parcela número 29733 del Patrimonio Municipal del Suelo, ubicada en la avenida de Nuestra Señora de Valvanera con vuelta a la calle de la Tórtola y a la calle de la Zaida.
Mediante Acuerdo de 21 de octubre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de
Madrid se aprobó el Programa de cesión de suelo en régimen de derecho de superficie con
destino a la promoción de viviendas en alquiler asequible, cuyo objeto es la puesta en el
mercado, mediante la figura del derecho de superficie por plazo de 45 años, de suelo destinado a uso residencial libre para la promoción y construcción por los adjudicatarios, en un
total de 25 parcelas del Patrimonio Municipal del Suelo (en adelante, PMS), con un número aproximado de 2.000 viviendas en régimen de alquiler asequible.
En ejecución del citado acuerdo, el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano ha iniciado un procedimiento administrativo para la tramitación del concurso público para la constitución de derechos de superficie por plazo de 45 años sobre la rasante, vuelo y subsuelo
de las 25 parcelas del PMS del Ayuntamiento de Madrid, constituidas en 5 lotes objeto de
licitación para su construcción y destino a alquiler asequible en las condiciones establecidas en el programa (expediente 711/2021/17755).
Respecto a las licencias urbanísticas que se soliciten para ejecutar las edificaciones que
materialicen el derecho de superficie, únicamente la tramitación y resolución de la relativa a
la parcela número 29733 del PMS, así como la ulterior inspección, disciplina y potestades
sancionadoras no corresponden al Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, al tratarse de
suelo urbano consolidado en el ámbito de la Norma Zonal 4.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 4.o 2.4 a) 1.o y e) del Acuerdo de 25 de julio
de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos, el Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel es competente para
tramitar y resolver la licencia urbanística que se solicite por el adjudicatario del derecho de
superficie para la construcción sobre la parcela número 29733 del PMS, ubicada en la avenida de Nuestra Señora de Valvanera con vuelta a la calle de la Tórtola y a la calle de la
Zaida; resolver las consultas urbanísticas comunes y especiales y emitir los informes de
viabilidad urbanística; resolver las solicitudes de programas de autorización por partes autónomas de obras y de autorizaciones parciales de funcionamiento; y emitir, cuando proceda, el acto de conformidad, certificación, aprobación o autorización administrativa o cualquier otra resolución que corresponda en cada caso en los supuestos contemplados en el
artículo 28 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, todo ello respecto de las actuaciones
previstas en el apartado 4.o 2.4 a), b) y c).
Junto a ello, conforme al apartado 5.o 1.3.3, 1.3.5, 1.3.6 a), b) y c) y 1.3.8 a) del mismo
acuerdo, la Coordinadora del Distrito de Carabanchel es competente para comprobar las declaraciones responsables urbanísticas que se presenten para desarrollar actuaciones, en los
supuestos previstos en el apartado 4.o 2.4 a); dictar la resolución relativa a la pérdida o inexistencia de efectos de las declaraciones responsables urbanísticas previstas en los puntos 1.3.3 y 1.3.4; comprobar la declaración responsable urbanística para desarrollar las actuaciones de preparación de los terrenos, vaciado del solar y, en su caso, muros de
contención, realizar los actos de comprobación de primera ocupación y funcionamiento y
adoptar las resoluciones derivadas de los mismos y tramitar las comunicaciones de transmisión de licencias y de declaraciones responsables urbanísticas, todo ello en relación con las
actuaciones sujetas a licencia urbanística previstas en el apartado 4.o 2.4 a), b) y c); y para la

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