B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230315-9)
Lista de espera interinos –  Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a efectos de la constitución de la lista de espera de personal funcionario interino del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 63

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE MARZO DE 2023

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En aquellos casos en los que la condición de persona con discapacidad hubiera sido reconocida por el órgano competente de la Comunidad de Madrid, la Administración consultará de oficio la información, no siendo necesario aportar la documentación contemplada
en la letra D), siempre que el interesado no se oponga expresamente a la consulta de datos
por medios electrónicos establecida en el apartado quinto del modelo de solicitud.
3. La documentación indicada habrá de acreditar la posesión de los requisitos correspondientes en los términos dispuestos en el apartado primero de la base sexta de la precitada Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo ser presentada telemáticamente, cumplimentando la solicitud que se encuentra disponible en la página web de la Comunidad de Madrid, y a la que
podrá accederse desde el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/bolsasempleo-temporal-administracion-servicios , en el apartado “Listas de espera en formación”, o en
la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid ,
siguiendo las indicaciones recogidas en el apartado denominado “Tramitación”.
Para ello, la persona interesada debe disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid
y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de
certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo
de firma y tener instalada la aplicación “Autofirma”, que podrá descargarse, una vez cumplimentado el formulario de solicitud, en el proceso de envío a registro.
Tercero
Si la documentación aportada por las personas que figuran en el anexo a la presente
resolución o la obtenida por la Administración a través de la consulta de datos por medios
electrónicos, adoleciera de algún defecto, se procederá, una vez finalizado el plazo señalado en el apartado anterior, a habilitar a aquellas el plazo de subsanación correspondiente,
en los términos dispuestos en la normativa aplicable al proceso de referencia.
Cuarto
Las personas que, estando incluidas en el anexo de esta resolución, no presenten la documentación requerida en la forma y plazo establecidos, a tal efecto, en el apartado segundo de la misma, o si la aportada u obtenida de la aludida consulta acreditara que incumplen
los requisitos de participación exigidos en la orden de convocatoria del reseñado proceso
selectivo, no podrán formar parte de la lista de espera de personal funcionario interino del
cuerpo indicado, sin perjuicio de la responsabilidad en la que, en su caso, pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Quinto

BOCM-20230315-9

Una vez efectuadas las comprobaciones oportunas de las actuaciones que traigan causa de lo dispuesto en la presente resolución, se procederá a la aprobación de la lista de espera de personal funcionario interino del Técnicos Auxiliares de Administración Especial,
Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, que se hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID a través de la correspondiente resolución de este centro directivo.
Dado en Madrid, a 6 de marzo de 2023.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.