C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230311-1)
Convenio colectivo – Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Vigon Oeste, S. A. (Código número 28101631012016)
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE MARZO DE 2023
Pág. 21
La RLT podrá aportar su conocimiento para la elección de la formación los centros de formación
para las necesidades formativas, así como la organización de los mismos y la adaptación de los
cursos formativos para los puestos de trabajo.
Disposición tercera. Normativa aplicable.
En todo lo no previsto en el presente Convenio Colectivo se estará a lo dispuesto en el Convenio de
Logística, Paquetería y Actividades Anexas al Transporte de Mercancías de la Comunidad de
Madrid, II Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, Estatuto
de los Trabajadores y demás disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
Disposición cuarta. Comité de Seguridad y Salud.
Se acuerda por ambas partes que la Empresa procederá a informar al Comité de Seguridad y Salud
de la selección y/o cambio de Mutua de Accidente, para que la Representación de las personas
trabajadoras pueda, en su caso, emitir un informe de estudio realizado y/o de propuesta.
Disposición quinta. Cómputos de absentismo
Se acuerda entre las partes, que no se computará como absentismo laboral, todos los permisos
retribuidos justificados recogidos en este convenio, incluyendo el crédito sindical de los Delegados
del Comité de Empresa y/o de las Secciones Sindicales Legalmente constituidas.
Disposición sexta. Retribuciones
Las partes acuerdan que se actualizarán las tablas salariales fijadas para el ejercicio 2022 en el mes
de julio 2022, con efectos retroactivos a 01.01.2022, conforme al Convenio Colectivo de Logística,
Paquetería y Actividades Anexas al Transporte de la Comunidad de Madrid.
Los atrasos meritados se abonarán en tres mensualidades en los meses de julio, agosto y
septiembre del año 2022.
La actualización de las tablas salariales del ejercicio 2023 y siguientes, se realizará y abonará antes
del 31 de marzo del ejercicio correspondiente.
Disposición séptima. Pago lineal atrasos
Se establece un pago único y lineal para todas las personas trabajadoras por importe de 200 euros
brutos que se abonarán en la mensualidad de octubre 2022, con la denominación “PAGO LINEAL
ATRASOS”.
Disposición octava. Cesta de Navidad
El personal afectado por este convenio recibirá de forma anual en el mes de diciembre un Lote de
Navidad según acuerdo de mediación con la empresa celebrado en el SIMA con fecha 9 de abril de
2021 y publicado en el BOE, con los siguientes acuerdos:
x Reconocimiento del derecho a la entrega del “lote de navidad” en el año 2021 y en los
sucesivos.
x Año 2021: Lote de navidad por valor de 17,18 €.
x Año 2022 en adelante: Lote de navidad por valor de 14,50 € revalorizable con el IPC de cierre
anual. En aquellos años en el que el IPC sea 0 o negativo se recogerá el último valor positivo
para la revalorización. La revalorización se realizará siempre sobre la última actualización.
BOCM-20230311-1
Este lote será entregado a todo el personal de plantilla excepto al personal contratado para campaña
de navidad.
B.O.C.M. Núm. 60
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 11 DE MARZO DE 2023
Pág. 21
La RLT podrá aportar su conocimiento para la elección de la formación los centros de formación
para las necesidades formativas, así como la organización de los mismos y la adaptación de los
cursos formativos para los puestos de trabajo.
Disposición tercera. Normativa aplicable.
En todo lo no previsto en el presente Convenio Colectivo se estará a lo dispuesto en el Convenio de
Logística, Paquetería y Actividades Anexas al Transporte de Mercancías de la Comunidad de
Madrid, II Acuerdo General para las Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera, Estatuto
de los Trabajadores y demás disposiciones legales y reglamentarias que sean de aplicación.
Disposición cuarta. Comité de Seguridad y Salud.
Se acuerda por ambas partes que la Empresa procederá a informar al Comité de Seguridad y Salud
de la selección y/o cambio de Mutua de Accidente, para que la Representación de las personas
trabajadoras pueda, en su caso, emitir un informe de estudio realizado y/o de propuesta.
Disposición quinta. Cómputos de absentismo
Se acuerda entre las partes, que no se computará como absentismo laboral, todos los permisos
retribuidos justificados recogidos en este convenio, incluyendo el crédito sindical de los Delegados
del Comité de Empresa y/o de las Secciones Sindicales Legalmente constituidas.
Disposición sexta. Retribuciones
Las partes acuerdan que se actualizarán las tablas salariales fijadas para el ejercicio 2022 en el mes
de julio 2022, con efectos retroactivos a 01.01.2022, conforme al Convenio Colectivo de Logística,
Paquetería y Actividades Anexas al Transporte de la Comunidad de Madrid.
Los atrasos meritados se abonarán en tres mensualidades en los meses de julio, agosto y
septiembre del año 2022.
La actualización de las tablas salariales del ejercicio 2023 y siguientes, se realizará y abonará antes
del 31 de marzo del ejercicio correspondiente.
Disposición séptima. Pago lineal atrasos
Se establece un pago único y lineal para todas las personas trabajadoras por importe de 200 euros
brutos que se abonarán en la mensualidad de octubre 2022, con la denominación “PAGO LINEAL
ATRASOS”.
Disposición octava. Cesta de Navidad
El personal afectado por este convenio recibirá de forma anual en el mes de diciembre un Lote de
Navidad según acuerdo de mediación con la empresa celebrado en el SIMA con fecha 9 de abril de
2021 y publicado en el BOE, con los siguientes acuerdos:
x Reconocimiento del derecho a la entrega del “lote de navidad” en el año 2021 y en los
sucesivos.
x Año 2021: Lote de navidad por valor de 17,18 €.
x Año 2022 en adelante: Lote de navidad por valor de 14,50 € revalorizable con el IPC de cierre
anual. En aquellos años en el que el IPC sea 0 o negativo se recogerá el último valor positivo
para la revalorización. La revalorización se realizará siempre sobre la última actualización.
BOCM-20230311-1
Este lote será entregado a todo el personal de plantilla excepto al personal contratado para campaña
de navidad.