Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230309-83)
Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Estatutos junta de compensación
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BOCM
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
Gerencia Municipal de Urbanismo
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 162 del Real Decreto 3288/1978, de 25
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, se pone en general conocimiento que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de febrero de 2023, se ha acordado la
aprobación definitiva de las Bases de Actuación y los Estatutos de la Junta de Compensación
“NE-Eje Pinar” del sector de suelo urbanizable UZ 2.3-01 “Sector NE-Eje Pinar”, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Visto el expediente relativo a la aprobación de Estatutos y Bases de Actuación de la
Junta de Compensación del Sector “NE-Eje Pinar” correspondiente al UZ 2.3-01 “Sector
NE-Eje Pinar” del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por AAA en su calidad
de presidente de la Comisión Gestora del UZ 2.3-01 “Sector NE-Eje Pinar”, así como el informe del TAG Jefe del Departamento Jurídico de 8 de febrero de 2023, se propone que la
Junta de Gobierno Local adopte el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite las alegaciones formuladas por BBB el 2 de marzo de 2021
(ORVE: REGAGE21e000101943892 y NRE 8018/2021) y el 5 de abril de 2021 (ORVE: REGAGE21e00004011995 y NRE 12636), desestimando las primeras y Estimando parcialmente
las segundas por los motivos expuestos en el informe del TAG Jefe del departamento Jurídico de la Gerencia municipal de urbanismo de 8 de febrero de 2023.
Segundo.—Admitir a trámite y estimar parcialmente las alegaciones formuladas por
CCC, en representación de DDD el 5 de abril de 2021 y NRE 11982 las por los motivos expuestos en el informe del TAG Jefe del Departamento Jurídico de la Gerencia Municipal de
Urbanismo de 8 de febrero de 2023.
Tercero.—Aprobar definitivamente las Bases de Actuación y los Estatutos de la Junta
de Compensación “NE-Eje Pinar” del sector de suelo urbanizable UZ 2.3-01 “Sector NEEje Pinar” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, con el mismo
texto con el que se aprobaron inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en
su sesión celebrada el 22 de diciembre de 2020, y que fueron publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 33, de 9 de febrero de 2021, excepto con las
modificaciones que se incorporan y transcriben como anexo al presente acuerdo.
Cuarto.—Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la
Junta a EEE.
Quinto.—Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y su notificación individualizada a los propietarios del ámbito,
concediéndoles el plazo de un mes para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación, advirtiéndoles que en caso de no incorporarse serán expropiados a favor de esta.
ANEXO
Párrafo 3.o del artículo 9.5: “Para el caso en que un cotitular se incorpore a la Junta de
manera individual, y de cara al establecimiento de su cuota de participación total en la Junta por los bienes y derechos que aporte, este ostentará por razón de dicha finca o derecho en
proindiviso, un coeficiente porcentual que se calculará, en función de su cuota indivisa, de
conformidad con lo establecido en el artículo 17 de estos estatutos en proporción a la superficie real de los terrenos que se aporten y sin perjuicio de lo establecido en la base de actuación segunda al respecto de los convenios para la ejecución de las carreteras M-40 y M-503”.
Párrafo 1.o del artículo 17.1: «La participación de los miembros de la Junta en los derechos y obligaciones vendrá definida por la cuota que se le reconozca y que será calculada en
BOCM-20230309-83
ESTATUTOS DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN NE-EJE PINAR
Pág. 256
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
83
POZUELO DE ALARCÓN
URBANISMO
Gerencia Municipal de Urbanismo
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 162 del Real Decreto 3288/1978, de 25
de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, se pone en general conocimiento que, por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 15 de febrero de 2023, se ha acordado la
aprobación definitiva de las Bases de Actuación y los Estatutos de la Junta de Compensación
“NE-Eje Pinar” del sector de suelo urbanizable UZ 2.3-01 “Sector NE-Eje Pinar”, cuya parte dispositiva es la siguiente:
Visto el expediente relativo a la aprobación de Estatutos y Bases de Actuación de la
Junta de Compensación del Sector “NE-Eje Pinar” correspondiente al UZ 2.3-01 “Sector
NE-Eje Pinar” del Plan General de Ordenación Urbana, promovido por AAA en su calidad
de presidente de la Comisión Gestora del UZ 2.3-01 “Sector NE-Eje Pinar”, así como el informe del TAG Jefe del Departamento Jurídico de 8 de febrero de 2023, se propone que la
Junta de Gobierno Local adopte el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite las alegaciones formuladas por BBB el 2 de marzo de 2021
(ORVE: REGAGE21e000101943892 y NRE 8018/2021) y el 5 de abril de 2021 (ORVE: REGAGE21e00004011995 y NRE 12636), desestimando las primeras y Estimando parcialmente
las segundas por los motivos expuestos en el informe del TAG Jefe del departamento Jurídico de la Gerencia municipal de urbanismo de 8 de febrero de 2023.
Segundo.—Admitir a trámite y estimar parcialmente las alegaciones formuladas por
CCC, en representación de DDD el 5 de abril de 2021 y NRE 11982 las por los motivos expuestos en el informe del TAG Jefe del Departamento Jurídico de la Gerencia Municipal de
Urbanismo de 8 de febrero de 2023.
Tercero.—Aprobar definitivamente las Bases de Actuación y los Estatutos de la Junta
de Compensación “NE-Eje Pinar” del sector de suelo urbanizable UZ 2.3-01 “Sector NEEje Pinar” del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, con el mismo
texto con el que se aprobaron inicialmente por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en
su sesión celebrada el 22 de diciembre de 2020, y que fueron publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 33, de 9 de febrero de 2021, excepto con las
modificaciones que se incorporan y transcriben como anexo al presente acuerdo.
Cuarto.—Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la
Junta a EEE.
Quinto.—Ordenar la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y su notificación individualizada a los propietarios del ámbito,
concediéndoles el plazo de un mes para que soliciten su incorporación a la Junta de Compensación, advirtiéndoles que en caso de no incorporarse serán expropiados a favor de esta.
ANEXO
Párrafo 3.o del artículo 9.5: “Para el caso en que un cotitular se incorpore a la Junta de
manera individual, y de cara al establecimiento de su cuota de participación total en la Junta por los bienes y derechos que aporte, este ostentará por razón de dicha finca o derecho en
proindiviso, un coeficiente porcentual que se calculará, en función de su cuota indivisa, de
conformidad con lo establecido en el artículo 17 de estos estatutos en proporción a la superficie real de los terrenos que se aporten y sin perjuicio de lo establecido en la base de actuación segunda al respecto de los convenios para la ejecución de las carreteras M-40 y M-503”.
Párrafo 1.o del artículo 17.1: «La participación de los miembros de la Junta en los derechos y obligaciones vendrá definida por la cuota que se le reconozca y que será calculada en
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ESTATUTOS DE LA JUNTA DE COMPENSACIÓN NE-EJE PINAR