Mancomunidad Intermunicipal de Servicios Sociales Las Vegas (BOCM-20230309-91)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones carácter económico
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
91
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL
DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA
DE LAS PRESTACIONES SOCIALES DE CARÁCTER ECONÓMICO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS/FUNDAMENTACIÓN LEGAL
En virtud de la aprobación por Pleno el 6 de septiembre de 2021 del Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales “Las Vegas” para la concesión de ayudas de emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas
y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid, susceptibles de ser financiadas en el marco del Eje REACT UE del Programa Operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020, como
parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19, se añade una nueva
línea de subvenciones a la Ordenanza vigente, lo que implica la modificación de los siguientes artículos:
El artículo 1, en su segundo párrafo queda modificado de la siguiente forma:
“Estas ayudas económicas de emergencia social establecidas en el art 17 de la Ley 11/2003,
de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, podrán ser de pago único
o fraccionado o periódico (siempre con carácter anticipado a la justificación, por las características especiales de este tipo de subvenciones) con el límite económico establecido en
esta Ordenanza. La elección de una u otra modalidad dependerá de la naturaleza de la necesidad a cubrir y de la valoración de idoneidad técnica que se realice en su aplicación”.
Se añaden los Anexos 11 y 12.
Entrada en vigor
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto
completo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ANEXO 11
El presente Anexo regula expresamente el contenido de las ayudas de emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la
Comunidad de Madrid, susceptibles de ser financiadas en el marco del Eje REACT UE del
Programa Operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de
la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.
Artículo 1. Definición y conceptos.—La situación de emergencia social, en el marco de
este Anexo, estará asociada al agotamiento de prestaciones en la unidad de convivencia, la
pérdida de ingresos regulares y suficientes, o carencia de estos para hacer frente a la cobertura de necesidades básicas, como consecuencia de la crisis económica y social provocada por
la COVID-19. Todas estas actuaciones tendrán como finalidad la consecución del objetivo específico de apoyo al acceso al mercado de trabajo de personas en situación de vulnerabilidad,
por lo tanto, se considera obligatorio realizar con el/la participante estos acompañamientos dirigidos al fomento de la inserción laboral y el acceso al mercado de trabajo.
Las modalidades de ayudas son las siguientes:
a) Cobertura de necesidades básicas relacionadas con la adquisición de productos de
alimentación, higiene y limpieza, calzado, vestido, vivienda (alquiler, hipoteca,
comunidad de vecinos, suministros, pequeñas obras de mantenimiento y conser-
BOCM-20230309-91
Ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad
por el impacto del COVID para los años 2022-2023, financiado al 100 %
en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE
de la Comunidad de Madrid 2014-2020
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 58
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
91
MANCOMUNIDAD INTERMUNICIPAL
DE SERVICIOS SOCIALES LAS VEGAS
RÉGIMEN ECONÓMICO
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA
DE LAS PRESTACIONES SOCIALES DE CARÁCTER ECONÓMICO
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS/FUNDAMENTACIÓN LEGAL
En virtud de la aprobación por Pleno el 6 de septiembre de 2021 del Convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia Juventud y Política Social, y la Mancomunidad de Servicios Sociales “Las Vegas” para la concesión de ayudas de emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas
y familias vulnerables en la Comunidad de Madrid, susceptibles de ser financiadas en el marco del Eje REACT UE del Programa Operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020, como
parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19, se añade una nueva
línea de subvenciones a la Ordenanza vigente, lo que implica la modificación de los siguientes artículos:
El artículo 1, en su segundo párrafo queda modificado de la siguiente forma:
“Estas ayudas económicas de emergencia social establecidas en el art 17 de la Ley 11/2003,
de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, podrán ser de pago único
o fraccionado o periódico (siempre con carácter anticipado a la justificación, por las características especiales de este tipo de subvenciones) con el límite económico establecido en
esta Ordenanza. La elección de una u otra modalidad dependerá de la naturaleza de la necesidad a cubrir y de la valoración de idoneidad técnica que se realice en su aplicación”.
Se añaden los Anexos 11 y 12.
Entrada en vigor
La presente ordenanza entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto
completo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ANEXO 11
El presente Anexo regula expresamente el contenido de las ayudas de emergencia destinadas a dar cobertura a las necesidades básicas de personas y familias vulnerables en la
Comunidad de Madrid, susceptibles de ser financiadas en el marco del Eje REACT UE del
Programa Operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de
la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.
Artículo 1. Definición y conceptos.—La situación de emergencia social, en el marco de
este Anexo, estará asociada al agotamiento de prestaciones en la unidad de convivencia, la
pérdida de ingresos regulares y suficientes, o carencia de estos para hacer frente a la cobertura de necesidades básicas, como consecuencia de la crisis económica y social provocada por
la COVID-19. Todas estas actuaciones tendrán como finalidad la consecución del objetivo específico de apoyo al acceso al mercado de trabajo de personas en situación de vulnerabilidad,
por lo tanto, se considera obligatorio realizar con el/la participante estos acompañamientos dirigidos al fomento de la inserción laboral y el acceso al mercado de trabajo.
Las modalidades de ayudas son las siguientes:
a) Cobertura de necesidades básicas relacionadas con la adquisición de productos de
alimentación, higiene y limpieza, calzado, vestido, vivienda (alquiler, hipoteca,
comunidad de vecinos, suministros, pequeñas obras de mantenimiento y conser-
BOCM-20230309-91
Ayudas de emergencia a familias en situación de vulnerabilidad
por el impacto del COVID para los años 2022-2023, financiado al 100 %
en el marco de los recursos REACT-UE del Programa Operativo FSE
de la Comunidad de Madrid 2014-2020