Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo de la Sierra Norte (BOCM-20230308-69)
Organización y funcionamiento. Estatutos mancomunidad
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
69
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE ARQUITECTURA
Y URBANISMO DE LA SIERRA NORTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Considerándose definitivo el acuerdo de modificación del artículo 30.3 de los estatutos
de esta Mancomunidad, acordado en sesión celebrada el 9 de junio de 2022 por el Pleno de
la Mancomunidad, ratificado posteriormente por todos los Ayuntamientos mancomunados,
se hace público el texto íntegro de los estatutos, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD
DE SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y URBANISMO SIERRA NORTE
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de ejercer cualquier otro procedimiento que se estime oportuno.
Lozoyuela, a 21 de febrero de 2023.—El presidente de la Mancomunidad de Servicios
de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, Gabriel Ramírez Sanz.
ESTATUTOS
Capítulo I
Artículo 1. Municipios que integran la Mancomunidad.—Los municipios de Alameda del Valle, El Berrueco, Berzosa del Lozoya, Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas
de la sierra, Canencia, Cervera de Buitrago, La Hiruela, Horcajuelo de la Sierra, Lozoya del
Valle, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Madarcos, Montejo de la Sierra, Pinilla del Valle,
Piñuécar-Gandullas, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Puentes Viejas, Robregordo,
La Serna del Monte, Somosierra, y Villavieja del Lozoya, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 35 y ss. del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba
el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local artículos 31 a 38 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, y artículos 54 a 74 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, se constituyen en
Mancomunidad voluntaria de municipios, con el carácter establecido en el artículo 3.2.d) de
la Ley 7/1985 indicada, para la organización y prestación en forma mancomunada de las
obras, servicios o actividades de su competencia, que se recogen en los presentes estatutos.
La Mancomunidad tendrá personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de
sus fines específicos.
Art. 2. Denominación y sede.—La Mancomunidad que se constituye se denominará
de “Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte”, si bien con objeto de facilitar su conocimiento y promoción podrán utilizarse la denominación de “MSAU”.
Tiene su sede propia en el municipio de Lozoyuela, su domicilio social y su lugar de
reunión, en Plaza de la Constitución, número 1, 28752 Lozoyuela (Madrid).
La sede podrá trasladarse una vez así se acuerde por el Pleno de la Mancomunidad a
cualquiera de los municipios que la comprenden, pudiendo dicho acuerdo ser adoptado por
mayoría simple.
Será en Plaza de la Constitución número 1, 28752 Lozoyuela, donde preceptivamente
deberán celebrarse las sesiones de sus órganos rectores y donde habrán de adoptarse las resoluciones y acuerdos. No obstante, corresponderá a los órganos rectores, por mayoría simple
de sus miembros, el acordar, dentro de una sesión, la celebración de la siguiente en cualquiera de los municipios que componen la Mancomunidad, a tales efectos los Ayuntamientos vie-
BOCM-20230308-69
Disposiciones generales y finalidad
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 57
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
69
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DE ARQUITECTURA
Y URBANISMO DE LA SIERRA NORTE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Considerándose definitivo el acuerdo de modificación del artículo 30.3 de los estatutos
de esta Mancomunidad, acordado en sesión celebrada el 9 de junio de 2022 por el Pleno de
la Mancomunidad, ratificado posteriormente por todos los Ayuntamientos mancomunados,
se hace público el texto íntegro de los estatutos, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE LA MANCOMUNIDAD
DE SERVICIOS DE ARQUITECTURA Y URBANISMO SIERRA NORTE
El presente acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, sin perjuicio de ejercer cualquier otro procedimiento que se estime oportuno.
Lozoyuela, a 21 de febrero de 2023.—El presidente de la Mancomunidad de Servicios
de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte, Gabriel Ramírez Sanz.
ESTATUTOS
Capítulo I
Artículo 1. Municipios que integran la Mancomunidad.—Los municipios de Alameda del Valle, El Berrueco, Berzosa del Lozoya, Braojos, Buitrago del Lozoya, Cabanillas
de la sierra, Canencia, Cervera de Buitrago, La Hiruela, Horcajuelo de la Sierra, Lozoya del
Valle, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Madarcos, Montejo de la Sierra, Pinilla del Valle,
Piñuécar-Gandullas, Prádena del Rincón, Puebla de la Sierra, Puentes Viejas, Robregordo,
La Serna del Monte, Somosierra, y Villavieja del Lozoya, al amparo de lo dispuesto en el
artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 35 y ss. del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba
el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local artículos 31 a 38 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,
aprobado por Real Decreto 1690/1986 de 11 de julio, y artículos 54 a 74 de la Ley 2/2003,
de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid, se constituyen en
Mancomunidad voluntaria de municipios, con el carácter establecido en el artículo 3.2.d) de
la Ley 7/1985 indicada, para la organización y prestación en forma mancomunada de las
obras, servicios o actividades de su competencia, que se recogen en los presentes estatutos.
La Mancomunidad tendrá personalidad y capacidad jurídica para el cumplimiento de
sus fines específicos.
Art. 2. Denominación y sede.—La Mancomunidad que se constituye se denominará
de “Mancomunidad de Servicios de Arquitectura y Urbanismo Sierra Norte”, si bien con objeto de facilitar su conocimiento y promoción podrán utilizarse la denominación de “MSAU”.
Tiene su sede propia en el municipio de Lozoyuela, su domicilio social y su lugar de
reunión, en Plaza de la Constitución, número 1, 28752 Lozoyuela (Madrid).
La sede podrá trasladarse una vez así se acuerde por el Pleno de la Mancomunidad a
cualquiera de los municipios que la comprenden, pudiendo dicho acuerdo ser adoptado por
mayoría simple.
Será en Plaza de la Constitución número 1, 28752 Lozoyuela, donde preceptivamente
deberán celebrarse las sesiones de sus órganos rectores y donde habrán de adoptarse las resoluciones y acuerdos. No obstante, corresponderá a los órganos rectores, por mayoría simple
de sus miembros, el acordar, dentro de una sesión, la celebración de la siguiente en cualquiera de los municipios que componen la Mancomunidad, a tales efectos los Ayuntamientos vie-
BOCM-20230308-69
Disposiciones generales y finalidad