C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230308-21)
Convenio colectivo – Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Grupo Ferroatlántica de Servicios, S. L. U. (Código número 28103492012023)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 57
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
Pág. 113
Jefe/a de proyecto de personas y cultura.
Director/a de comunicación y relaciones institucionales.
Jefe/a de servicios de atención al cliente.
Jefe/a de inteligencia de mercado.
Director/a de cuentas de Europa del Sur.
Director/a global de producto manganeso.
Especialista de producto manganeso.
Jefe/a de flete y almacenes.
Jefe/a de compras de materias primas.
Jefe/a de sostenibilidad y medio ambiente.
Director/a de desarrollo de operaciones España y Sudamérica.
Jefe/a de producción y procesos.
Director/a de financiación pública.
Director/a global de producto silicio metal y humos de sílice.
Jefe/a de impuestos indirectos zona EMEA.
Jefe/a de auditoría interna.
Analista de negocios de tecnologías de la información.
Contable financiero no central.
Todo lo recogido en el presente anexo, sin perjuicio de aquellos que la Empresa acuerde su adscripción o exclusión de este grupo de personal fuera de convenio.
Las tablas salariales del Convenio estarán compuestas por los siguientes conceptos:
Salario base (según anexo).
Complemento puesto de trabajo.
Gratificaciones extraordinarias.
Bolsa de vacaciones:
La bolsa de vacaciones establecida en el artículo 3.6 se abonará según los siguientes importes y términos:
Año 2021: 1.000,32 euros / año.
Año 2022: 1.062,33 euros / año.
Durante el año 2021 y 2022 ya se han abonado 960 euros/año por lo que la cantidad restante, entre
lo percibido y lo acordado, se aplicará en los mismos términos de lo establecido en el artículo 3.1
para los incrementos salariales (año 2021, aplicable con efectos 1 de enero de 2022 y año 2022,
aplicable con efectos 1 de enero de 2023).
TABLAS ANEXAS AL CONVENIO 2022
SALARIO BASE MES
GRUPO
2
TÉCNICOS
RANGO
Director Departamento
Subdirector Departamento
Jefe de Departamento
GRUPO
Min. 2.187,83 €
TÉCNICOS
3
EMPLEADOS
Jefe 1.ª
RANGO
Max. 2.187,83 €
Jefe 2.ª
Titular Superior
Operador de Informática
Personal Técnico
Programador de Informática
Oficial 1ª Admón.
EMPLEADOS
4
Min. 1.479,86 €
RANGO
Max. 1.479,86 €
Auxiliar Administrativo
Personal en Formación
Min. 1.362,37 €
Siendo estas cantidades brutas en base a jornada completa y abonándose en 14 mensualidades.
BOCM-20230308-21
Oficial 2ª Admón.
GRUPO
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 57
MIÉRCOLES 8 DE MARZO DE 2023
Pág. 113
Jefe/a de proyecto de personas y cultura.
Director/a de comunicación y relaciones institucionales.
Jefe/a de servicios de atención al cliente.
Jefe/a de inteligencia de mercado.
Director/a de cuentas de Europa del Sur.
Director/a global de producto manganeso.
Especialista de producto manganeso.
Jefe/a de flete y almacenes.
Jefe/a de compras de materias primas.
Jefe/a de sostenibilidad y medio ambiente.
Director/a de desarrollo de operaciones España y Sudamérica.
Jefe/a de producción y procesos.
Director/a de financiación pública.
Director/a global de producto silicio metal y humos de sílice.
Jefe/a de impuestos indirectos zona EMEA.
Jefe/a de auditoría interna.
Analista de negocios de tecnologías de la información.
Contable financiero no central.
Todo lo recogido en el presente anexo, sin perjuicio de aquellos que la Empresa acuerde su adscripción o exclusión de este grupo de personal fuera de convenio.
Las tablas salariales del Convenio estarán compuestas por los siguientes conceptos:
Salario base (según anexo).
Complemento puesto de trabajo.
Gratificaciones extraordinarias.
Bolsa de vacaciones:
La bolsa de vacaciones establecida en el artículo 3.6 se abonará según los siguientes importes y términos:
Año 2021: 1.000,32 euros / año.
Año 2022: 1.062,33 euros / año.
Durante el año 2021 y 2022 ya se han abonado 960 euros/año por lo que la cantidad restante, entre
lo percibido y lo acordado, se aplicará en los mismos términos de lo establecido en el artículo 3.1
para los incrementos salariales (año 2021, aplicable con efectos 1 de enero de 2022 y año 2022,
aplicable con efectos 1 de enero de 2023).
TABLAS ANEXAS AL CONVENIO 2022
SALARIO BASE MES
GRUPO
2
TÉCNICOS
RANGO
Director Departamento
Subdirector Departamento
Jefe de Departamento
GRUPO
Min. 2.187,83 €
TÉCNICOS
3
EMPLEADOS
Jefe 1.ª
RANGO
Max. 2.187,83 €
Jefe 2.ª
Titular Superior
Operador de Informática
Personal Técnico
Programador de Informática
Oficial 1ª Admón.
EMPLEADOS
4
Min. 1.479,86 €
RANGO
Max. 1.479,86 €
Auxiliar Administrativo
Personal en Formación
Min. 1.362,37 €
Siendo estas cantidades brutas en base a jornada completa y abonándose en 14 mensualidades.
BOCM-20230308-21
Oficial 2ª Admón.
GRUPO