B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230306-17)
Puesto interino –  Orden 306/2023, de 22 de febrero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se convoca, para su cobertura interina, un puesto de trabajo vacante en la Agencia Madrileña de Atención Social y se prevé la constitución de lista de espera
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 55

Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para el acceso al
Cuerpo, Escala o Especialidad de que se trate o, en su caso, para el desempeño del puesto
de trabajo, del candidato que hubiera obtenido la máxima puntuación, el titular de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, dictará la Orden de adjudicación del puesto
y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
No podrá adjudicarse el puesto de trabajo a un aspirante que previamente haya resultado adjudicatario de otro correspondiente al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad, que tenga asignado un nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto convocado.
Previamente a la adjudicación definitiva, se comprobará el cumplimiento de este requisito por la Dirección General de Recursos Humanos.
Si el candidato que resultase adjudicatario renunciase a su nombramiento como funcionario interino, o no tomara posesión en el plazo establecido al efecto, se dictará nueva
resolución adjudicando el puesto de trabajo al siguiente candidato según el orden de puntuación, procediendo a dictarse, en su caso, tantas resoluciones como sean necesarias hasta la efectiva cobertura del puesto convocado.
Sexto
Renuncia
En caso de que el candidato que resulte adjudicatario renunciase a su nombramiento
como funcionario interino o, una vez nombrado, no tomase posesión del mismo en el plazo establecido al efecto, en los términos señalados en el apartado anterior, no podrá ser
nombrado nuevamente funcionario interino de la Comunidad de Madrid durante los doce
meses siguientes a dicha renuncia, salvo que se justifique debidamente la concurrencia de
alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 7.2 del Decreto 50/2001, de 6 de
abril.
Séptimo
Nombramiento
El nombramiento será efectuado por el titular de la Consejería de Familia, Juventud y
Política Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15.1 del Decreto 50/2001, de 6 de
abril.
Octavo
Temporalidad del nombramiento
Los nombramientos de funcionarios interinos tendrán carácter temporal, extinguiéndose la relación de servicios, en los supuestos contemplados en los apartados 3 y 4 del artículo 10 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
El plazo máximo del nombramiento del funcionario interino será de tres años, de conformidad con el artículo 10.1 y 4 del citado Estatuto Básico del Empleado Público.
Noveno
1. La lista de espera a la que se hace referencia en el apartado primero se confeccionará con los aspirantes que superen o igualen el nivel mínimo suficiente fijado por el Tribunal de Selección de funcionarios interinos de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social para acreditar su idoneidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14
del Decreto 50/2001, de 6 de abril, salvo que el interesado haya manifestado expresamente en su solicitud su voluntad en contrario.
2. Dicha lista de espera, cuya vigencia se mantendrá hasta la aprobación de la nueva
lista surgida de las pruebas selectivas a que se refiere el artículo 4 del Decreto 50/2001, de
6 de abril, será utilizada a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de
Diplomados en Salud Pública, Escala de Salud Pública, Especialidad Terapeuta Ocupacional, para la cobertura, por la Agencia Madrileña de Atención Social órgano convocante, de
puestos de puestos de trabajo de idénticas características, entendiéndose por tales el nivel
de complemento de destino, complemento específico y méritos valorados.
3. La lista de espera será aprobada y gestionada por el órgano convocante (Agencia
Madrileña de Atención Social), que ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20230306-17

Lista de espera