Madrid (BOCM-20230303-60)
Régimen económico. Distrito de Vicálvaro. Extracto convocatoria subvenciones
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Vicálvaro
Extracto del decreto del 22 de febrero de 2023, del concejal-presidente del Distrito de
Vicálvaro, por el que se aprueba la convocatoria pública del procedimiento para la concesión de subvenciones para el Fomento del Asociacionismo del Distrito de Vicálvaro para el
año 2023.
BDNS Identificadores 2023: ID 677801 e ID 677802
Primero. Beneficiarios
La convocatoria va dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio
social en el Distrito de Vicálvaro y estén inscritas en la Sección 1.a del Censo Municipal de
Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo
plenario de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento
de Madrid de 31 de mayo de 2017.
Segundo. Objeto
La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y
crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023,
así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación
económica y social actual. Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas
asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los
requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad
de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la
población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.
Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es

El importe total destinado a la convocatoria de la anualidad 2023 asciende a 65.000
euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de Proyectos: 50.000 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento y funcionamiento de sedes sociales u otros
espacios:15.000 euros, de los cuales: 5.000 euros se destinan para gastos de alquiler y funcionamiento de sede social y 10.000 euros para gastos de equipamiento.
La cuantía de la subvención se considerará importe cierto, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad sub-

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Cuarto. Cuantía