Madrid (BOCM-20230303-59)
Régimen económico. Distrito de Tetuán. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 53

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
59

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Tetuán
Extracto del decreto de 22 de febrero de 2023, de la concejala-presidenta del Distrito
de Tetuán, por el que se aprueba la convocatoria de Subvenciones de Fomento del Asociacionismo para el año 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
N.o 678002
Primero. Beneficiarios
Asociaciones de base que tengan su domicilio social en el Distrito de Tetuán, que estén inscritas en la Sección 1.a en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y cumplan los requisitos establecidos en la Ordenanza de
Bases Reguladoras Generales para la concesión de subvenciones por el Ayuntamiento de
Madrid y sus organismos públicos aprobada por acuerdo plenario de 30 de octubre de 2013,
modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2017,
OBRGS.
Segundo. Objeto
La promoción del tejido asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y
crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023,
así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación
económica y social actual. Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas
asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y
desarrollen sus actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad
municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta
a los requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad de adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a
que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.

Cuarto. Cuantía
El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 100.000,00 euros, para las
dos modalidades, conforme a las cuantías que se establecen a continuación:
— Modalidad de Proyectos: 55.000,00 euros.
— Modalidad de Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios:
45.000,00 euros.
No obstante, la comisión de valoración queda facultada para adoptar cuantas decisiones considere pertinentes, a la vista de las solicitudes para la modalidad de gastos de fun-

BOCM-20230303-59

Tercero. Bases reguladoras
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2017, publicada
en www.madrid.es