Los Santos de la Humosa (BOCM-20230303-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

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— Una vez finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas en este
apartado o producida la extinción de la relación de empleo de carácter temporal,
se deberá comunicar la misma en el plazo máximo de cinco días naturales al órgano gestor de la Bolsa que, hasta esa notificación, mantendrá al candidato en la
situación de baja temporal, quedando disponible a partir de ese momento. Si el
candidato no realiza dicha notificación en el indicado plazo supondrá su exclusión
definitiva de la Bolsa.
Supuestos de exclusión definitiva:
La exclusión definitiva de la Bolsa de Trabajo será notificada a los interesados y se
producirá por alguna de las siguientes causas:
— No presentar las justificaciones a que hace referencia el apartado anterior.
— Rechazar una oferta de empleo.
— No superar el período de prueba de 15 días.
— A petición de interesado/a.
— Haber sido sancionado /a por falta grave o muy grave en aplicación del régimen
disciplinario correspondiente.
Vigencia de la Bolsa:
La vigencia efectiva de la Bolsa de trabajo será de 4 años naturales a contar desde la
fecha de resolución definitiva del proceso selectivo. Transcurrido dicho plazo deberá aprobarse nuevo proceso que permita la incorporación de nuevos aspirantes. No obstante, también se producirá nueva convocatoria cuando así se disponga por resolución de Alcaldía
que acredite el agotamiento de la Bolsa creada en virtud del presente proceso selectivo.
Por razones acreditadas podrá prorrogarse la vigencia de la efectividad de la Bolsa mediante resolución expresa que justifique las causas que lo motivan.
En el momento de la contratación (o en su caso los días que marque el Ayto. contados desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de candidatos que formarán parte de la Bolsa) y para cualquier modalidad de contrato, el aspirante deberá presentar
los siguientes documentos, salvo lo que previene el artículo 53.d) de la Ley 39/2015:
a) Fotocopia de certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.
b) Fotocopia del DNI o equivalente para los ciudadanos de otros estados miembros
de la Unión Europea.
c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
d) Certificado médico de no padecer enfermedad ni tener ningún impedimento físico
psíquico ni cualquier otro que impida o menoscabe el normal desempeño de las
funciones del trabajo para el que ha sido propuesto. Los/las aspirantes que tengan
la condición de minusválidos, deberán presentar certificación de los órganos competentes del Ministerio de trabajo y Seguridad Social que acrediten tal condición
y de la compatibilidad para desempeñar las funciones y tareas que, correspondan
al puesto al que pretenden acceder. Los aspirantes con minusvalía con grado de
discapacidad superior al 33 por 100, deberán acreditar además en la referida certificación, el grado de discapacidad que padecen.
e) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de incapacidad e incompatibilidad.
f) Los aspirantes que hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía,
deberán presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o
algún otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, en el que conste la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.
g) Fotocopia del certificado negativo de no estar inscrito en el Registro Central de Delincuentes Sexuales tal y como consta en el apartado f del punto 2 de la convocatoria.
h) Fotocopia del carné de manipulador de alimentos.
9. Protección de datos personales
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las per-

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8. Documentos necesarios para la contratación