Los Santos de la Humosa (BOCM-20230303-92)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 53

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE MARZO DE 2023

Pág. 243

5.2. Abstención y recusación: Los miembros de Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Presidencia de la Corporación, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes
a pruebas selectivas a la Administración Pública en los cinco años anteriores al de publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previas en el párrafo anterior, de conformidad
con lo preceptuado en el artículo 24 de la Ley 40/2015.
5.3. Actuación: Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de celebración de
sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requiere la presencia de la mitad de sus
miembros, y en todo caso, la de quien ostente la Presidencia y la Secretaría.
El Tribunal queda autorizado a resolver cuantas dudas puedan plantearse y adoptar los
acuerdos precisos para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por la presente convocatoria.
El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para aquellas
pruebas que lo estimen necesario, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en
sus especialidades técnicas. Asimismo, podrá disponer de personal auxiliar colaborador en
tareas de vigilancia para la realización de las pruebas.
5.4. Clasificación: El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las previstas en el artículo 30.1.a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

6.1. El proceso de selección consta de dos fases:
1. Realización por escrito de una prueba tipo test destinada a comprobar los conocimientos técnicos adecuados a la categoría y a la especialidad de Educación Infantil, relacionado con el contenido del temario que figura en el anexo I.
2. Concurso de méritos, según el anexo IV de la presente convocatoria.
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, es decir,
los convocados para cada día deberán estar presentes a la hora fijada por el Tribunal como
hora de inicio de las actuaciones, aunque tuviera que dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiriera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que
hayan sido convocados. Serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan,
salvo en los casos de fuerza mayor alegados y debidamente justificados con anterioridad a
la realización del ejercicio, y apreciados por el Tribunal, debiendo adoptar resolución motivada a tal efecto.
El orden de actuación de los aspirantes se iniciará por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra dispuesta en la resolución de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el
orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos derivados de la Oferta de
Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año correspondiente al de la publicación de las presentes bases.
6.2. El desarrollo de la prueba tipo test tendrá una duración máxima de 45 minutos.
Constará de 40 preguntas, con 4 respuestas alternativas de las cuales solo una es correcta,
suficientemente claras y objetivas como para permitir la corrección rigurosa a todos los
miembros del Tribunal.
Valoración del ejercicio tipo test:
El Tribunal calificará esta prueba entre 0 y 10 puntos, siendo necesario obtener una
puntuación de al menos 5 puntos para superarla.
Cada respuesta correcta puntuará 0,25 puntos.
Las respuestas sin contestar no sumarán ni restarán puntos.
Cada respuesta errónea penalizará 0,10 puntos.
El Tribunal ordenará a los candidatos por puntuación de mayor a menor. Los aspirantes que hayan obtenido al menos un 5 y se encuentren entre los 15 primeros mejor puntuados pasarán a la fase de concurso.
6.3. La fase de concurso tiene por objeto valorar los méritos (formación académica
y experiencia docente). El Tribunal calificará esta fase entre 0 y 10 puntos aplicando el baremo recogido en el anexo IV.

BOCM-20230303-92

6. Sistema de selección