Brea de Tajo (BOCM-20230302-51)
Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa expedición documentos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
51

BREA DE TAJO
RÉGIMEN ECONÓMICO

Se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, el acuerdo definitivo referente a la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de
la tasa por expedición de documentos, acuerdo que fue aprobado inicialmente por el Pleno de
este Ayuntamiento de Brea de Tajo, en su sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2022.
El referido acuerdo ha resultado elevado automáticamente a definitivo al no haberse
presentado reclamaciones durante el período de exposición al público, ello en consonancia
con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y el artículo 49
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, habiéndose publicado el correspondiente anuncio de exposición el día 29 de diciembre de 2022, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 310 del año 2022, y habiéndose expuesto el referido acuerdo de aprobación provisional en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento de Brea de Tajo, tal y como
previene el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, y el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se hace público el acuerdo elevado
a definitivo, cuya trascripción literal se describe a continuación:
Cuarto. Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedientes
de documentos
Dada cuenta de la propuesta realizada por el señor alcalde-presidente de este Ayuntamiento de Brea de Tajo, referente a la modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por expedición de documentos, así como los documentos que integran el expediente que se
está tramitando al efecto.
Se acuerda por unanimidad:
Aprobación provisional, de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
por expedición de documentos administrativos, siendo la modificación a realizar la siguiente:
Se modifica el artículo 7 de la referida ordenanza, publicada en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID el día: 2 de febrero de 2012, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 28, quedando redactado de la siguiente forma:
CONCEPTO

IMPORTE

CENSOS DE POBLACIÓN DE HABITANTES
1. Certificaciones de empadronamiento y vecindad

1 Euro

2. Certificados de convivencia y residencia

2 Euros

CERTIFICACIONES Y COMPULSAS
1. Certificación de documentos o Acuerdos municipales

2 Euros

2. Cotejo de documentos

0,50 Cent/hoja

3. Bastanteo de poderes

30 Euros

DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR LAS OFICINAS MUNICIPALES
1. Copia de Ordenanzas (papel)

20 Euros

2. Copia de Ordenanzas (CD)

10 Euros

4. Fotocopias de documentos administrativos

10 Euros
0,50 Cent/folio

DOCUMENTOS RELATIVOS A SERVICIOS URBANÍSTICOS
1. Copia de las NN.SS (papel)

600 Euros

2. Copia del Plan General de Ordenación Urbana (papel)

600 Euros

3. Ejemplar digitalizado en CD del Plan General de Ordenación
Urbana

20 Euros

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3. Copia de Pliegos Condiciones para cualquier contratación