D) Anuncios - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230302-32)
Convenio –  Convenio de 7 de febrero de 2023, para la ampliación del destino previsto en el convenio de constitución del derecho de superficie con carácter gratuito sobre la rasante, vuelo y subsuelo de la parcela municipal de 27.088,17 m2 de superficie, situada en la calle de Jacaranda, Distrito de Arganzuela, suscrito el día 7 de noviembre de 2017, entre el Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible y la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación e Investigación), para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

Determinaciones urbanísticas vinculantes:
Bajo la parcela de este apartado, discurre un túnel ferroviario, de naturaleza demonial
y eventualmente como propiedad físicamente superpuesta, se permite por el planeamiento,
a lo largo de su trazado y adosado al mismo, emplazar uno de los ramales previstos de la
nueva red de saneamiento para la evacuación de las aguas pluviales y fecales recogidas en
el ámbito, bien por la creación interior, bien por cuencas vertientes exteriores, así como su
conducción mediante emisario a la red general de colectores.
El citado ramal discurrirá inicialmente bajo el vial de nueva creación (calle E-1), en
una longitud de 254,50 metros lineales, con las determinaciones técnicas contenidas en el
plano que se acompaña, para, a continuación discurrir bajo esta Parcela de Equipamiento
Público Dotacional R-ES-D-1, adosado al trazado del citado túnel ferroviario, hasta atravesarlo por el cruce existente del mismo para, a continuación, proseguir su trazado en el ámbito y conectarse con el resto del a red de saneamiento previsto.
Tanto el túnel ferroviario existente como el saneamiento previsto, ambos de interés público, en cuanto no interfieran en su funcionamiento y trazado, serán compatibles con el régimen de usos de las parcelas afectas previstas en el Plan, si bien la franja bajo la que discurran, deberán catalogarse como “zona libre de edificación”, lo que aquí se hace constar a
los efectos oportunos.
Edificabilidad:
Según el texto refundido de la 3.a modificación del PERI del APR 02.06 (Méndez Álvaro Norte 1), la parcela dotacional tiene un coeficiente de edificabilidad de 1,4 m2/m2, lo
que establece para los 27.088,17 m2s una edificabilidad de 37.923,44 m2c.
Valoración:
La valoración se realiza conforme al RDL 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y al Real Decreto 1492/2011,
de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Valoraciones de la Ley de Suelo.
El valor estimado de la parcela se establece en relación al aprovechamiento patrimonializable de los terrenos y que según informe de Inventario de Suelo está libre de cargas y
gravámenes.
El valor de Repercusión del Uso Dotacional Equipamiento Bienestar Social, teniendo
en cuenta la proporción de dotación de aparcamiento obligatoria para el anterior uso, se
efectuará sumando ambos valores de repercusión, de la siguiente forma:
— VRS = VRS Dotacional + (VRS garaje × número plazas c/100 m2c × Sup. const.
plaza garaje)
— VRS= 994 euros/m2c + (102 euros/m2c × 1 c/100 m2c dotacional × 28,75 / 100 =
1.038 euros/m2c.
Valor parcela = Edificab. Uso Dotacional × VRS Dotacional
Valor Parcela P = 37.923,44 m2c × 1.038 euros/m2c = 39.364.530,72 euros
Asciende la valoración de la totalidad de la parcela a treinta y nueve millones trescientos sesenta y cuatro mil quinientos treinta euros con setenta y dos céntimos.
Planos:
Se anexa plano de situación y dimensiones de la parcela objeto del Convenio.
Por todo cuanto antecede, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente Convenio, con arreglo a las siguientes
ESTIPULACIONES

El Ayuntamiento de Madrid (Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible), en
adelante superficiante, de conformidad con lo estipulado en el presente Convenio, constituirá mediante el otorgamiento de la correspondiente escritura pública e inscripción registral, un derecho de superficie por 75 años, con carácter directo y gratuito a favor de la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación e Investigación), sobre la rasante, vuelo y
subsuelo de la parcela municipal de 27.088,17 m2 perteneciente al Patrimonio Municipal
del Suelo, situada en la calle del Jacaranda, Distrito de Arganzuela, descrita anteriormente,
para la construcción de un Instituto de Educación Secundaria.

BOCM-20230302-32

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