C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230302-28)
Bien de interés cultural –  Decreto 9/2023, de 23 de febrero, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de hecho cultural, la Fiesta de las Mayas de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE MARZO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 52

BOCM-20230302-28

Cuenta con un apoyo decidido por parte de asociaciones formales con intereses de distinta índole, y si bien en algunos casos ha sido decisiva su tutela para la continuidad de la
celebración, también ha producido uniformización en sus patrones, lo que para la cultura
tradicional supone reducción de diversidad y pérdida de singularidad.
La sustitución de flores silvestres recolectadas por adornos florales de consumo puede parecer un cambio menor, pero se sitúa en la línea de otra serie de cambios que permite
percibir una tendencia a estandarizar las propias prácticas y los elementos de representación
que las acompañan, en especial transformando la arquitectura efímera, a la que da un formato de conjunto expositorio prefabricado.
Sería conveniente favorecer la recuperación del canto de los Mayos de El Molar como
un elemento fundamental de la expresividad cultural local.
Las labores de protección deben orientarse fundamentalmente hacia la divulgación del
conocimiento y la puesta en valor de dicha fiesta y de todos los elementos, funciones y significados que esta manifestación cultural tiene para los distintos municipios en los que se
celebra y para la Comunidad de Madrid.
Y también deben orientarse con el objetivo de transmitir la importancia de la cultura
tradicional y popular como elemento de la identidad cultural. Para ello, sería adecuado promover la identificación, la investigación, preservación, y puesta en valor del patrimonio
festivo en sus distintos aspectos.
Por todo lo expuesto, se puede concluir que la fiesta de las Mayas de la Comunidad de
Madrid reúne valores de interés relevantes para su declaración como Bien de Interés Cultural en la categoría de hecho cultural».
(03/3.265/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791