C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230228-32)
Regulación concesión ayudas –  Acuerdo de 15 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se modifican las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población igual o inferior a 15.000 habitantes, para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de julio de 2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 50

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 28 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 269

La modificación de las normas persigue también mejorar el procedimiento de concesión de las mismas, así como la presentación, instrucción y justificación de la subvención
de conformidad con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En concreto, y debido a la experiencia acumulada desde la puesta en marcha de estas
ayudas, se ha visto necesario ampliar los plazos previstos para la elaboración de determinados instrumentos de planeamiento, dada la complejidad técnica de los mismos. Con ello se
trata de evitar posibles reintegros en aquellos supuestos, bastante frecuentes, en que los
ayuntamientos no pueden terminar de realizar los trabajos en los plazos previstos en las normas reguladoras originales, por diversas razones no imputables a los mismos.
Además, se incrementan las cuantías máximas subvencionables, tratando de fomentar
que los ayuntamientos liciten los trabajos para la elaboración de los diferentes instrumentos de planeamiento. Con ello se trata de promover una mayor concurrencia de empresas y
garantizar así, en mayor medida, una mejor calidad técnica y consistencia en la redacción
de los instrumentos de planeamiento.
A su vez y con el objetivo de beneficiar a un mayor número de municipios, se incrementan los porcentajes a subvencionar sobre el presupuesto de los trabajos a realizar, con
el fin de que el gasto que deban afrontar los ayuntamientos sea menor, teniendo en cuenta
sus escasos recursos.
Por último, se refuerza el papel de cooperación entre los ayuntamientos solicitantes y
los servicios técnicos del órgano instructor, a fin de poder aportar a los municipios una mayor información y orientación técnica desde el inicio del expediente de subvención, que
conduzca a una mejora en el resultado de la actividad subvencionable, evitando así situaciones como la elaboración de instrumentos de planeamientos inviables, que posteriormente no podrían ser aprobados por la Comunidad de Madrid.
Por todo ello, la modificación se considera eficaz y necesaria por razones de interés
público, para poder desarrollar las referidas competencias de cooperación y colaboración
con las Entidades Locales; resulta proporcional como instrumento necesario para la ejecución de las partidas presupuestarias previstas para estas ayudas en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid y garantiza el principio de seguridad jurídica, formalmente con la plasmación de la actuación en una norma que será objeto de publicación, y
materialmente por la fijación en ella de los criterios y del procedimiento subvencional,
puesto que es coherente con dicha situación presupuestaria. Además, en aplicación del principio de transparencia, se ha definido claramente el alcance y objetivos del presente Acuerdo, y atiende al principio de eficiencia, pues la modificación no supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión racional de los recursos públicos existentes.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 4.5.c) de
la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde al
Consejo de Gobierno la aprobación del presente acuerdo.
En virtud de lo anterior, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, previa deliberación, en su reunión del día 15 de febrero de 2023,
ACUERDA
Artículo único
Se aprueba la modificación del Acuerdo de 9 de julio de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa
de ayudas a los municipios de la Comunidad de Madrid de población de hasta 15.000 habitantes, para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones.

BOCM-20230228-32

Modificación de las normas reguladoras