Madrid (BOCM-20230228-55)
Régimen económico. Distrito de Hortaleza. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 50

MARTES 28 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 337

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
55

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Distrito de Hortaleza
Extracto del decreto de 13 de febrero de 2023, del concejal-presidente del Distrito de
Hortaleza, por el que se acuerda la aprobación de la convocatoria pública de subvenciones
de fomento del asociacionismo en la anualidad de 2023 (BDNS número 677237).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):
Primero. Ámbito, objeto y finalidad de la convocatoria
1.1. El Ayuntamiento de Madrid, a través del Distrito de Hortaleza, de acuerdo a los
objetivos y líneas establecidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de Distritos 2021-2023
aprobado por Decreto de 9 de diciembre de 2020 de la Delegada del Área de Gobierno de
Vicealcaldía (en adelante PES), convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de subvenciones de fomento del asociacionismo para la anualidad 2023, dirigida a todas las asociaciones de base que tengan su domicilio social en este Distrito y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos del Ayuntamiento de
Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto en el momento de la resolución de la
concesión.
1.2. La presente convocatoria se enmarca en la línea de subvención 1 del PES, dirigida a apoyar a entidades ciudadanas que desarrollen proyectos que promocionen el asociacionismo y la democracia participativa, así como a sufragar sus gastos de mantenimiento.
1.3. La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es la promoción del tejido
asociativo y la participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social
actual.
1.4. Para ello, a través de la presente convocatoria, se les proporcionarán recursos a
las entidades, al objeto de que fortalezcan las relaciones entre las personas asociadas, puedan captar nuevas socias y socios, garanticen su correcto funcionamiento y desarrollen sus
actividades, promoviendo así su implicación y participación en la actividad municipal y reforzándose así la intervención comunitaria, con el objetivo de dar respuesta a los requerimientos derivados de la situación económica y social actual, fortalecer la capacidad de
adaptación y superación de la ciudadanía madrileña ante la misma y contribuir a que la población más vulnerable no pase a convertirse, a corto plazo, en población más desfavorecida, con el consiguiente riesgo de deterioro de la vida comunitaria en todas sus vertientes.

2.1. La convocatoria se regirá por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones (en adelante RGS), por las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto, por las normas de derecho privado. Asimismo, la presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en
la OBRGS y por el resto de normativa del Ayuntamiento de Madrid aplicable a esta materia.
2.2. Igualmente, es de aplicación el marco jurídico de la Ley Orgánica 3/2007, de 22
de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, conforme a lo establecido en el
Acuerdo de 13 de septiembre de 2018, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por

BOCM-20230228-55

Segundo. Régimen jurídico