Villa del Prado (BOCM-20230227-84)
Régimen económico. Plan estratégico subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 49

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 27 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 271

4. Principios de eficacia y eficiencia:
Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la entidad otorgante y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
5. Principio de estabilidad y de regla de gasto:
La concesión de subvenciones se ajustará al principio de estabilidad y a la regla de gasto, en los términos previstos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
NATURALEZA JURÍDICA Y EFECTOS DEL PLAN
Los Planes Estratégicos de Subvenciones son un instrumento de gestión de carácter programático, que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera
de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración.
Su efectividad, por tanto, queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes
líneas de subvención, atendiendo a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y
cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. Por tanto el establecimiento
efectivo de las subvenciones previstas en este Plan requerirá la inclusión de las correspondientes consignaciones en los presupuestos municipales y en sus bases de ejecución y la
aprobación de las correspondientes bases reguladoras y convocatorias de las diferentes líneas de subvención.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones establece el concepto
de subvención en su artículo 2.1, que dice:
1. Se entiende por subvención, a los efectos de esta ley, toda disposición dineraria
realizada por cualesquiera de los sujetos contemplados en el artículo 3 de esta ley, a favor
de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución
de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento
singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran
establecido.
c) Que el proyecto, la acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una
finalidad pública.
El presente Plan Estratégico de Subvenciones, se configura como un instrumento de
planificación de las políticas públicas municipales que tengan por objeto el fomento de una
actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
Así pues, es voluntad del Ayuntamiento de Villa del Prado recoger todas aquellas ayudas y subvenciones de previsible ejecución, bajo las modalidades de concesión directa y de
concurrencia competitiva recogidas en la Ley General de Subvenciones:
— Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria pública previa.
— Subvenciones concedidas en régimen de ayudas directas, sin necesidad de convocatoria pública previa y limitado exclusivamente a los siguientes tipos de subvención:
d Subvenciones previstas nominativamente en el presupuesto del Ayuntamiento
de Villa del Prado y que se instrumentalizará mediante Convenios.
d Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesta a la Administración por
una norma de rango legal.
d Otras subvenciones de carácter excepcional, en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten la convocatoria pública.
Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia
competitiva; no obstante, podrán concederse mediante ayuda directa y de forma nominativa aquellas subvenciones previstas en los presupuestos municipales.

BOCM-20230227-84

CONTENIDOS DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES