D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230225-3)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2019, entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Amigó, para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 35
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse, así como a las normas generales de derecho administrativo, a lo
dispuesto en el Capítulo Sexto del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, a los principios de buena fe y administración, así
como al ordenamiento jurídico en general.
Decimoquinta
Controversias
BOCM-20230225-3
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento
del presente convenio, a los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que
figure en el encabezamiento.
Madrid, a 27 de diciembre de 2019.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad, Alberto Reyero Zubiri.—La Fundación Amigó, Jesús María Echechiquía Pérez.
B.O.C.M. Núm. 48
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 25 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 35
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en
su artículo 6, sometiéndose a los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas
que pudieran presentarse, así como a las normas generales de derecho administrativo, a lo
dispuesto en el Capítulo Sexto del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, a los principios de buena fe y administración, así
como al ordenamiento jurídico en general.
Decimoquinta
Controversias
BOCM-20230225-3
Dada la naturaleza administrativa del convenio, las partes acuerdan someter las discrepancias que no hayan podido resolverse en el seno de la Comisión Mixta de Seguimiento
del presente convenio, a los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de
Madrid.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma el presente
convenio de colaboración, siendo la fecha de formalización del mismo la correspondiente
a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de la fecha de la firma, a la que
figure en el encabezamiento.
Madrid, a 27 de diciembre de 2019.—El Consejero de Políticas Sociales, Familias,
Igualdad y Natalidad, Alberto Reyero Zubiri.—La Fundación Amigó, Jesús María Echechiquía Pérez.