Madrid (BOCM-20230224-48)
Régimen económico. Distrito de Salamanca. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Salamanca
Extracto del Decreto de 15 de febrero de 2023, del concejal-presidente del Distrito de Salamanca, por el que se aprueban las bases de la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito de Salamanca para 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.—Promover el tejido asociativo y la
participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual.
Segundo. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Tercero. Beneficiarios.—Todas las asociaciones de base que tengan su domicilio
social en este Distrito y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos
Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la
OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de
cada uno de los ejercicios en el momento de la resolución de la concesión.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a
70.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 46.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 24.000,00
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de funcionamiento y alquiler de sede social y otros espacios: 20.000,00
euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y/o equipamiento: 4.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de quince días hábiles, contados
desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—El procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en
régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciéndose una prelación entre las mismas.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites:
— Para la modalidad de proyectos, quedan excluidos de la presente convocatoria los
proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.
BOCM-20230224-48
BDNS (Identif.): 676740
B.O.C.M. Núm. 47
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023
Pág. 125
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
48
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Distrito de Salamanca
Extracto del Decreto de 15 de febrero de 2023, del concejal-presidente del Distrito de Salamanca, por el que se aprueban las bases de la convocatoria ordinaria de subvenciones de fomento del asociacionismo y la participación ciudadana del Distrito de Salamanca para 2023.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.—Promover el tejido asociativo y la
participación de las entidades ciudadanas del municipio de Madrid, contribuyendo a consolidar la democracia participativa, la continuidad y crecimiento de las entidades y a favorecer su correcto funcionamiento durante el año 2023, así como paliar las posibles consecuencias negativas que se puedan derivar de la situación económica y social actual.
Segundo. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la
concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos,
de 30 de octubre de 2013, publicada en www.madrid.es
Tercero. Beneficiarios.—Todas las asociaciones de base que tengan su domicilio
social en este Distrito y estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos
Ciudadanos del Ayuntamiento de Madrid y que cumplan los requisitos establecidos en la
OBRGS, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de
cada uno de los ejercicios en el momento de la resolución de la concesión.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a
70.000,00 euros, que se distribuirán de la siguiente forma:
— Modalidad de proyectos: 46.000,00 euros.
— Modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: 24.000,00
euros, cuyo desglose es el siguiente:
d Gastos de funcionamiento y alquiler de sede social y otros espacios: 20.000,00
euros.
d Gastos de adquisición de mobiliario y/o equipamiento: 4.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de quince días hábiles, contados
desde el siguiente a la publicación del extracto de las convocatorias en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—El procedimiento de concesión de subvenciones se realizará en
régimen de concurrencia competitiva mediante la comparación de las solicitudes presentadas, estableciéndose una prelación entre las mismas.
Las solicitudes de subvención se formalizarán conforme al modelo que figura como
solicitud de subvención en la presente convocatoria.
Para la modalidad de proyectos, junto a la solicitud de subvención, se acompañará una
memoria explicativa del proyecto que habrá de cumplimentarse en el Anexo I.
Para la modalidad de gastos de mantenimiento de sedes sociales, junto a la solicitud de
subvención, se acompañará cumplimentado el modelo Anexo II.
Límites:
— Para la modalidad de proyectos, quedan excluidos de la presente convocatoria los
proyectos de actividades que tengan por objeto gastos de inversión.
BOCM-20230224-48
BDNS (Identif.): 676740