Galapagar (BOCM-20230224-69)
Organización y funcionamiento. Reglamento condecoraciones Policía Local
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 47

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE FEBRERO DE 2023

Pág. 151

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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GALAPAGAR
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público,
queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Galapagar, de 27 de octubre de 2022, sobre aprobación del Reglamento de
Condecoraciones de la Policía Local de Galapagar, cuyo texto íntegro se hace público para
su entrada en vigor, de acuerdo con lo que dispone el artículo 70 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
REGLAMENTO DE CONDECORACIONES
PARA LA POLICÍA LOCAL DE GALAPAGAR
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Policía Local de Galapagar es un Cuerpo de Seguridad dependiente del municipio,
cuya misión fundamental consiste en la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, tal y como establece el art. 104 de la Constitución Española, así como las demás funciones que le atribuyen: la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías
Locales de la Comunidad de Madrid y demás normas de aplicación, constituyéndose como
un servicio público cercano al ciudadano, tendente a la resolución de problemas y conflictos entre éstos, desempeñando tareas de Policía de proximidad y comunitaria.
En este contexto, derivado de esa dedicación exigida a los miembros del Cuerpo de la
Policía Local del Ayuntamiento de Galapagar, adquiere importancia la promoción social, a
través del reconocimiento público, tanto por parte de la Administración Local y Policial
como de la Comunidad, de los méritos y los servicios prestados, mediante la concesión de
condecoraciones, recompensas y honores a los funcionarios que le sirven.
Acciones, servicios o conductas de relieve, así como la dedicación y entrega en el cumplimiento de esas funciones por los integrantes del mencionado Cuerpo, merecen ser reconocidas
mediante el otorgamiento y constatación de alguna distinción así como a aquellos que han desarrollado una trayectoria profesional y que por su correcta conducta, sean acreedores de las mismas, a la vez que puedan servir como ejemplo en el cumplimiento de sus funciones, premiando
la constancia, dedicación y responsabilidad en el servicio a los ciudadanos y a la sociedad.
El Cuerpo de Policía Local es, por tanto, un servicio público representativo del Ayuntamiento de Galapagar con atención directa a los vecinos, con presencia uniformada de sus
agentes en las vías y lugares públicos del municipio, prestos a mantener la paz y la convivencia ciudadana, teniendo un carácter próximo al ciudadano. Además de por su carácter
de Instituto Armado, la importancia, amplitud y complejidad de sus funciones, hacen que
presenten importantes peculiaridades con respecto a otros servicios públicos, razones que
justifican un tratamiento particular de reconocimiento institucional al trabajo desempeñado, que se pretende abordar por medio de este Reglamento.

Disposiciones Generales
Artículo 1. Mediante este Reglamento el Ayuntamiento de Galapagar, a tenor de lo
dispuesto en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
y artículos 186 a 191 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, así como por la Ley 1/2018, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de
Madrid, y Decreto 210/2021 por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización

BOCM-20230224-69

TÍTULO I